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El Consejo de Ministros aprueba la Ley de Desindexación de la Economía para contribuir a la estabilidad de los precios

sábado 28 de diciembre de 2013, 01:00h

El Consejo de Ministros del pasado viernes, 21 de diciembre, aprobó la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de Desindexación de la Economía Española. El objetivo último es contribuir a la estabilidad de los precios y a la mejora de la competitividad mediante la eliminación de la práctica de subidas automáticas de precios en función del IPC. Las subidas deberán estar justificadas exclusivamente por el aumento de los costes del servicio.

El Consejo de Ministros reunido.
El Consejo de Ministros reunido.

El Proyecto de Ley prevé la creación de un marco, obligatorio para la Administración e indicativo para el sector privado, que propicie la estabilidad de precios. Quedan excluidos del ámbito de aplicación la negociación salarial colectiva (tanto en el sector privado como para el personal laboral del sector público), las pensiones y los instrumentos financieros.

La regla general para el sector público será que no podrán realizarse indexaciones. Los aumentos de precios deberán estar justificados exclusivamente por la evolución de los costes del servicio. Con ello se eliminan las subidas de precios automáticas, independientemente de los costes, y se evitan los llamados efectos de segunda ronda: alzas de precios de determinados productos que repercuten directamente sobre otros sin ninguna relación entre sí.

En el ámbito privado las actualizaciones quedarán sometidas a la libre voluntad de las partes y si no hay pacto explícito no se realizará la actualización. Si el pacto entre las partes no especifica el índice de referencia, se utilizará el índice de actualización propuesto en esta Ley, el Índice de Garantía de Competitividad (IGC). La variación del IGC será igual a la inflación en la zona euro menos un factor corrector que permitirá recuperar la competitividad perdida. Tendrá un techo del 2 por 100 (objetivo de inflación del BCE a medio plazo) y un suelo del 0 por 100.

El Gobierno ya ha previsto, mediante enmienda introducida en la Ley de Presupuestos, un régimen transitorio hasta que la Ley esté aprobada por las Cortes. Así, para contratos y encomiendas del sector público se prohíbe la revisión de precios en función de un índice general. Las revisiones se realizarán sobre índices específicos que reflejen la evolución de los costes. Además, el Proyecto de Ley ha eliminado la retroactividad prevista inicialmente para determinados contratos, como los de transporte de viajeros por carretera.