www.nexotrans.com
Requisito para la inspección de vehículos autónomos
Ampliar

Requisito para la inspección de vehículos autónomos

jueves 28 de enero de 2016, 07:00h

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha establecido la acreditación de ENAC como requisito para realizar las inspecciones como Servicio Técnico para vehículos de conducción autónoma.

Según la DGT un vehículo autónomo es “aquel que dispone de capacidad motriz equipado con tecnología que permita su manejo o conducción sin precisar la forma activa de control o supervisión de un conductor, tanto si dicha tecnología autónoma estuviera activada o desactivada de forma temporal o permanente”. Ante la necesidad de los desarrolladores de este tipo de vehículos de hacer pruebas en condiciones reales en vías abiertas a la circulación, la DGT ha publicado una instrucción (instrucción 15/V-113 de 13 de noviembre de 2015) en la que se recogen los requisitos establecidos a todas las partes para conseguir autorización para realizar estas pruebas y que a la vez se garantice la seguridad del resto de usuarios.

La instrucción publicada detalla la documentación necesaria que se debe presentar, los puntos del vehículo a inspeccionar así como las pruebas dinámicas que hay que superar para obtener la autorización. Estas inspecciones deberán ser realizadas por Servicios Técnicos acreditados por ENAC para esta instrucción. Fabricantes de vehículos autónomos, laboratorios oficiales, fabricantes o instaladores de la tecnología que permita al vehículo plena autonomía, universidades y consorcios que participen en proyectos de investigación serán algunos de los que puedan solicitar dicha autorización. Actualmente ENAC ya está en disposición de recibir solicitudes de acreditación para esta actividad.

Sobre ENAC

La Entidad Nacional de Acreditación – ENAC – es la entidad designada por el Gobierno, en resolución del Consejo de Ministros en 2010 como Organismo de Acreditación en España. La designación a favor de ENAC da cumplimiento al conjunto de medidas tomadas por la UE para mejorar el funcionamiento del Mercado Interior, entre ellas, la de fijar un modelo de acreditación basado en la existencia de un Organismo Nacional de Acreditación, formalmente designado por cada Estado Miembro.

La marca ENAC es la manera de distinguir si un certificado o informe está acreditado o no. Es la garantía de que la organización que lo emite es técnicamente competente para llevar a cabo la tarea que realiza, y lo es tanto en España como en los 70 países en los que su marca es reconocida y aceptada, gracias a los acuerdos de reconocimiento que ENAC ha suscrito con sus entidades de acreditación.

La acreditación puede otorgarse a cualquier organización que quiera demostrar competencia técnica para llevar a cabo la tarea que realiza. Puede tratarse de un laboratorio de ensayo o calibración, una entidad de inspección o certificación, o un Verificador Medioambiental que desarrolle su actividad en cualquier sector: Industria, Energía, Medio Ambiente, Sanidad, Agricultura y Alimentación, Investigación, Desarrollo e Innovación, Transportes, Telecomunicaciones, Turismo, Servicios, Construcción, etc.