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Varias empresas de paquetería constituyeron un cártel para repartirse clientes.
Varias empresas de paquetería constituyeron un cártel para repartirse clientes.

CNMC multa a 10 empresas de paquetería por crear varios cárteles

Las empresas sancionadas habían acordado no contratar con los clientes de sus socios comerciales, repartiéndose los clientes entre sí

martes 13 de marzo de 2018, 07:00h
La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha sancionado a 10 empresas de mensajería y paquetería por repartirse los clientes empresariales entre sí (S/DC/0578/16: Mensajería y Paquetería Empresarial). Algunas empresas de mensajería y paquetería empresarial realizan acuerdos de comercialización con otras empresas del sector que complementan sus redes de distribución para algunos servicios. La investigación de la CNMC ha puesto de manifiesto que, en el marco de estos acuerdos, algunas empresas concluyeron en paralelo pactos verbales de ‘no agresión’. A través de estos acuerdos las compañías involucradas en la relación comercial se comprometían a no realizar ofertas comerciales a ninguno de los clientes de su competidora.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha descubierto un total de nueve cárteles

De esta forma, se impedía a los clientes de ambas empresas acceder a los servicios de una parte de la competencia. En total, se han descubierto nueve cárteles. Las empresas Correos Express con cuatro, MBE con cuatro e ICS con tres, son las que han participado en un mayor número de estos acuerdos de cártel, privando así a todos sus clientes de recibir ofertas de varios operadores de mensajería y paquetería en España.

Las conductas acreditadas suponen una infracción muy grave del artículo 1 de la Ley 15/2007, y del artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea con una duración variable (desde 10 años los más duraderos hasta un año los menos). Los hechos se investigaron a raíz de una solicitud de exención del pago de la multa de General Logistics Spain, SL (GLS) que provocaron la realización de cuatro inspecciones de la CNMC en las sedes de Correos Express, MBE, Redyser e ICS, con las que se recabaron miles de correos electrónicos y WhatsApp acreditativos de las conductas sancionadas. En consecuencia, la CNMC conmina a las empresas para que en el futuro se abstengan de realizar conductas como las acreditadas y les impone las siguientes sanciones:

1. Correos Express Paquetería Urgente SA y solidariamente a su matriz Sociedad Estatal Correos y Telégrafos SA, un total de 19,6 millones de euros.
2. UPS España LTD y Compañía SRC (UPS) y solidariamente UPS España LTD, un total de 19,2 millones de euros.
3. TNT Spain (TNT) y solidariamente TNT Holdings Luxembourg Sarl, un total de 16,2 millones de euros.
4. DHL Express Madrid Spain (DHL) y solidariamente DHL Express Iberia SL, un total de cinco millones de euros.
5. Tourline Express Mensajería (Tourline) y solidariamente CTT-Correios de Portugal SA. un total de 3,1 millones de euros.
6. Redyser Transporte SL (Redyser), un total de 2,1 millones de euros.
7. Fedex Corporation Sucursal en España (Fedex) y solidariamente Fedex Corporation, un total de 1,8 millones de euros.
8. International Courier Solution SL (ICS) y solidariamente TotalICS SL, un total de 773.314 de euros.
9. MBE Spain 2000 SL (MBE) y solidariamente MBE Worldwide SPA, un total de 690.400 de euros.

De conformidad con el Programa de Clemencia, la CNMC ha eximido del pago de la multa impuesta a General Logistics Spain SL y su matriz General Logistics Spain BV, por un montante total de 3,8 millones de euros. La CNMC considera la lucha contra los acuerdos de mercado y los cárteles una de sus prioridades de actuación por su efecto nocivo sobre la competencia y los consumidores. Estos acuerdos han tenido un carácter especialmente dañino, en la medida en que encarecieron el coste de los servicios que se prestan a los ciudadanos y se mantuvieron las conductas durante un largo periodo de tiempo.

Programa de Clemencia

La CNMC cuenta con el Programa de Clemencia, mediante el que la empresa y/o el directivo que haya participado en un cártel pueden aportar información sobre el mismo, escrita o verbalmente en la sede de la CNMC a cambio de la exención total (o a una reducción) de la multa que le correspondería. La CNMC recuerda que contra esta Resolución no cabe recurso alguno en vía administrativa, pudiendo interponerse recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses desde su notificación.