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SE DA CUMPLIMIENTO A LA DIRECTIVA EUROPEA 22/2006

El Ministerio de Fomento presenta el Plan Nacional de Inspección de Transporte para 2020

martes 26 de noviembre de 2019, 07:00h
(Imagen de archivo).
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(Imagen de archivo).
El pasado viernes 22 de noviembre se celebró en la sede del Ministerio de Fomento (Madrid) la reunión de presentación a las asociaciones nacionales de transportistas del Plan Nacional de Inspección para el sector del transporte por carretera para el año 2020. La presentación del Plan ha correspondido al órgano de Subdirección General de Inspección de Transporte Terrestre del Ministerio de Fomento, acompañada de los responsables de inspección de las Comunidades Autónomas de Cataluña, Comunidad de Madrid y Aragón.

Se continuará el control prioritario sobre la competencia desleal y dumping social de las empresas deslocalizadas en otros países

El Plan continuará durante 2020 la inspección de transportes por carretera de las empresas de transporte extranjeras que operan en España, en especial de las empresas deslocalizadas que operan en España (coloquialmente denominadas empresas buzón). De este modo se da cumplimiento a la directiva europea 22/2006 sobre la aplicación de la legislación social relativa a las actividades de transporte por carretera, que obliga a los Estados miembros a realizar controles dirigidos a las empresas clasificadas como de mayor riesgo. Dicha actuación inspectora ya se ha venido desarrollando desde el año 2016, en colaboración con los cuerpos de inspección de otras Administraciones Públicas, especialmente la Agencia Tributaria y la Inspección de Trabajo.

Dicha Inspección a las empresas buzón se lleva a cabo tanto en carretera (controlando vehículos pesados y ligeros) como a las empresas cargadoras, comprobando el cumplimiento de la normativa social y el cabotaje. Sin embargo, la actual regulación normativa limita las posibilidades de control a esas empresas, por lo que desde la Inspección de Transportes se confía en la próxima aprobación del Paquete legislativo europeo de movilidad, que permitirá un control más exhaustivo y eficiente hacia las empresas extranjeras deslocalizadas que operan en España.

Con las aportaciones realizadas por las asociaciones de transportistas miembro del Comité Nacional de Transporte por Carretera, así como las observaciones que planteen las Comunidades Autónomas y las Fuerzas de Vigilancia en carretera, se procederá en próximas fechas a la aprobación definitiva del Plan Nacional de Inspección de Transporte por Carretera para 2020.

Otras actuaciones del Plan

Otras actuaciones de control incluidas en el Plan que se van a llevar a cabo el próximo año son las siguientes:

  • Se continuará la inspección de las operaciones que tengan su origen o destino en grandes centros generadores o destinatarios de cargas, como son las plataformas logísticas y las zonas de carga de los puertos marítimos, donde se concentran los mayores volúmenes de carga y descarga de mercancías.
  • Se continuará el control sobre las áreas de negocio de economía colaborativa online, en especial en lo referido a plataformas de paquetería que, en vehículos diversos, intermedian habitualmente sin estar autorizadas.
  • Como novedad, según recoge el nuevo ROTT aprobado el pasado mes de febrero, se controlará anualmente al menos a un 25% de las empresas de transporte para comprobar la correcta contratación del gestor de transportes (antiguo capacitado).
  • Se continuará en la introducción de las nuevas tecnologías para la mejora de la labor de inspección (pago con tarjeta, tablets de control, elementos de control de los documentos de control electrónicos, y como novedad a partir de 2020 el control biométrico de los alumnos asistentes a los cursos CAP de conductores profesionales).
  • Se llevará a cabo el control anual de los tiempos de conducción y descanso sobre la flota en torno a los 450.000 vehículos de transporte que en la actualidad están obligados a llevar tacógrafo en España. Dado que la Directiva europea 2006/22 impone a los Estados miembros la obligación de controlar al menos el 3% de las jornadas de trabajo, en el caso de las autoridades de inspección españolas deberán revisarse en 2020 al menos 3.008.502 jornadas de trabajo de los conductores profesionales, de las que casi un 70% se controlarán en la sede de las empresas y el otro 30% en carretera, en concreto 902.550 jornadas de trabajo. El periodo a controlar en cada inspección que se haga a las empresas transportistas será por regla general de 45 días.
  • Se continuará el control de las cooperativas de trabajo asociado que actúan irregularmente, en especial, de aquellas cuyos socios están indebidamente dados de alta como transportistas en el censo fiscal y que tributan por módulos.