10 años después de la adopción de su predecesor, el nuevo Reglamento sobre la seguridad general da un nuevo impulso a la actuación de la UE en materia de seguridad vial
“Esta nueva normativa nos ayudará a reducir de manera considerable el número de víctimas mortales y heridos graves en las carreteras de la UE y fomentará además la competitividad de los fabricantes de automóviles en el mercado mundial”, ha señalado al respecto Timo Harakka, ministro de Empleo de Finlandia. 10 años después de la adopción de su predecesor, el nuevo Reglamento sobre la seguridad general da un nuevo impulso a la actuación de la UE en materia de seguridad vial. Aborda, por primera vez, los problemas específicos de los usuarios vulnerables de la vía pública, como los peatones y los ciclistas.
Con arreglo a las nuevas normas, todos los vehículos de motor (incluidos camiones, autobuses, furgonetas y vehículos utilitarios deportivos) deberán estar equipados con las siguientes funciones de seguridad: un asistente de velocidad inteligente; una interfaz para la instalación de alcoholímetros antiarranque; un sistema de advertencia de somnolencia y pérdida de atención del conductor; un sistema avanzado de advertencia de distracciones del conductor; señales de frenado de emergencia; sistemas de detección de marcha atrás; registradores de datos de incidencias; y sistemas precisos de control de la presión de los neumáticos.
Además de los requisitos generales y de los sistemas existentes (como los sistemas de advertencia de abandono del carril y los sistemas avanzados de frenado de emergencia), los camiones y autobuses deberán diseñarse y fabricarse de tal manera que se reduzcan considerablemente los ángulos muertos alrededor del vehículo. También deberán estar equipados con sistemas avanzados capaces de detectar a peatones y ciclistas situados a corta distancia del vehículo.
Por otra parte, el Reglamento permite a la Comisión establecer normas específicas para la seguridad de los vehículos impulsados por hidrógeno y los vehículos automatizados. En términos más generales, el Reglamento establece que la Comisión actualice las nuevas especificaciones para que tengan en cuenta los futuros avances tecnológicos. El Reglamento actualiza la normativa vigente sobre seguridad de los vehículos contenida en el Reglamento (CE) n.º 661/2009 sobre seguridad general y en el Reglamento (CE) n.º 78/2009 sobre protección de los peatones.
Siguientes etapas
El Reglamento será aplicable a los 30 meses de su entrada en vigor. Para un número limitado de características se ha previsto una fecha de aplicación posterior, de modo que los fabricantes de automóviles puedan adaptar su producción a los nuevos requisitos. El Reglamento forma parte del tercer conjunto de medidas «Europa en movimiento» de la Comisión, que se puso en marcha en mayo de 2018 y cuyo objeto es garantizar una transición fluida hacia un sistema de movilidad seguro, limpio y automatizado.