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Los Duo-Trailers considerados como actividad no esencial

La DGT solo ha aprobado algunas unidades por las carreteras con carácter experimental

martes 14 de abril de 2020, 07:00h
Los Duo-Trailers considerados como actividad no esencial
La DGT no considera los Duo-Trailers de 31 metros y 70 toneladas como actividad esencial. Dicha categoría de vehículo de transporte de mercancías, no autorizados por la actual normativa española de pesos y dimensiones, sólo circulan algunas unidades por las carreteras españolas con carácter experimental.
Cualquier utilización de dichos hipercamiones está sometida a la necesidad de autorización previa, para poder continuar haciendo transporte
Desde que el Gobierno español decretó el pasado 14 de marzo el Estado de Alarma en nuestro país como consecuencia de la crisis del coronavirus, todas las disposiciones normativas que ha ido aprobando sucesivamente han garantizado el carácter esencial de todo el transporte por carretera, para facilitar el abastecimiento de los bienes y mercancías necesarios, tanto a la población española, como al resto de actividades económicas que continúan activas.
Ello ha permitido que en las primeras semanas el nivel de actividad de la flota española de transporte de mercancías se situara en torno al 70%, aunque en estas dos últimas semanas se haya reducido prácticamente hasta el 50%, como consecuencia del Decreto Ley de actividades no esenciales que puso en marcha el Gobierno el pasado 30 de marzo.
Por ello, Fenadismer ha considerado sorprendente la solicitud planteada al Gobierno hace unos días por la que solicitaba que los actuales hipercamiones de transporte de mercancías, denominados dúo-trailers, pudieran continuar prestando servicios como si se tratara de una actividad esencial más.
Fenadismer ha aclarado que los Dúo-Trailer son una composición de vehículos de transporte de mercancías, de 31´75 metros de longitud y 70 toneladas de masa máxima, no autorizada por la vigente normativa española de pesos y dimensiones, pero que con carácter experimental la Dirección General de Tráfico ha autorizado la circulación de un número limitado de unidades a algunos operadores logísticos y grandes flotistas, dedicándolos especialmente al transporte de mercancías para el sector de la fabricación de automóviles, con los únicos fines de prueba e investigación.
Por ello, la Dirección General de Tráfico ha rechazado dicha solicitud, al considerar que dicho transporte experimental no puede ser considerado una actividad esencial en la actual situación excepcional, por lo que cualquier utilización de dichos hipercamiones sigue sometida a la necesidad de autorización previa para poder continuar haciendo transporte.