Los hechos que constituyen el motivo de la sanción son la negligencia de las sociedades concesionarias en la prestación de servicios a los usuarios, con consecuencias graves para la circulación en las fuertes nevadas del día 5 al 8 de enero de 2018. Desde Fomento consideran que hubo una “inadecuada gestión de las restricciones del tráfico, mala transmisión de información a los usuarios e insuficiencia de medios para asegurar la circulación de los vehículos”.
Se está estudiando la construcción de aparcamientos de vialidad invernal a cargo de las concesionarias
Por otro lado, en la última reunión del Consejo de Ministros del 8 de noviembre, se ha aprobado el Real Decreto-ley 18/2018 sobre medidas urgentes en materia de carreteras. Esta normativa introduce en nuestro ordenamiento jurídico la categoría de infracción “muy grave” para sancionar a las sociedades concesionarias cuando ocasionen un perjuicio significativo a los usuarios.
Se está estudiando, por ejemplo, la construcción de aparcamientos de vialidad invernal o la disposición de pasos de mediana móviles. Las inversiones adicionales asociadas a estas medidas se incluyen dentro del deber de conservación que le corresponde al concesionario y estaría obligado a ejecutarlas a su costa en cumplimiento de la Ley de Autopistas y el pliego general de autopistas.