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Certificado digital UE Covid: acuerdo provisional entre el PE y el Consejo
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Certificado digital UE Covid: acuerdo provisional entre el PE y el Consejo

El objetivo es facilitar la libertad de movimiento durante la pandemia y contribuir a la retirada gradual de las restricciones

martes 25 de mayo de 2021, 07:00h
Los negociadores entre el Parlamento y el Consejo alcanzaron el pasado jueves, 20 de mayo, un acuerdo provisional para un certificado digital UE Covid para facilitar el libre movimiento durante la pandemia.El certificado estará disponible en formato digital y en papel. Servirá para demostrar que una persona ha sido vacunada contra el coronavirus, cuenta con un test negativo o ha superado la enfermedad. En la práctica, esto serán tres certificados diferentes. Un marco común europeo permitirá a los Estados miembros emitir certificados que serán aceptados por el resto de países del bloque.

El reglamento del certificado digital UE Covid estará en vigor durante doce meses. El certificado no será un requisito para la libertad de movimiento y no será considerado un documento de viaje.
Para que los test sean “asequibles y accesibles”, la Comisión Europea se comprometió a movilizar “al menos 100 millones de euros” del Instrumento de Apoyo de Emergencia para la compra de tests para la infección por SARS-CoV-2 para la emisión del certificado digital UE Covid. Esto debería beneficiar a las personas que cruzan las fronteras a diario o frecuentemente para trabajar o estudiar, visitar a familiares, buscar atención médica o atender a familiares.

Los negociadores acordaron que, si fuera necesario, se podrían movilizar más fondos por encima de los citados 100 millones, sujeto a la aprobación de las autoridades presupuestarias.
Los Estados miembros no deberán imponer restricciones adicionales en respuesta a la pandemia del Covid-19, como cuarentenas, auto-aislamiento o tests, «a no ser que sea necesario y proporcionado para salvaguardar la salud pública». La evidencia científica disponible, «incluidos los datos epidemiológicos publicados por el Centro Europeo de Control y Prevención de Enfermedades (ECDC)» deberá ser tenida en cuenta. Esas medidas deberán ser notificadas al resto de Estados miembros y a la Comisión Europea como tarde 48 horas antes.

Los Estados miembros deberán aceptar certificados de vacunación emitidos en otros países de la UE para personas inoculadas con una vacuna autorizada para su uso en la UE por la Agencia Europea del Medicamento (EMA) -hasta la fecha, Pfizer-BioNTech, Moderna, AstraZeneca y Janssen-. Dependerá de cada país decidir si también aceptan certificados de vacunación de otros Estados miembros para vacunas autorizadas a nivel nacional o para aquellas en la lista de emergencia de la OMS.

Los certificados estarán verificados, igual que sus sellos electrónicos, para evitar el fraude y la falsificación. Los datos personales obtenidos para la expedición del certificado no podrán almacenarse en el país de destino y no habrá una base de datos centralizada en la UE. La lista de organismos que procesarán y recibirán los datos será pública, para que los ciudadanos puedan ejercitar su derecho a la protección de datos, en el marco del Reglamento General de Protección de Datos.

El presidente de la comisión de Libertades del PE y ponente, Juan Fernando López Aguilar (S&D, España), señaló: “El acuerdo alcanzado hoy no responde a todas las demandas del Parlamento, pero supone una mejora sustancial respecto a la situación actual para millones de ciudadanos de la UE. El certificado digital UE Covid restaurará la libertad de movimiento en la UE, al ir levantando los países las restricciones. Este acuerdo es el primer paso para volver a poner la zona Schengen en marcha”.El texto será sometido a votación en la Comisión de Libertades el próximo 26 de mayo, y pasará a continuación al pleno, que deberá confirmarlo en la sesión del 7 al 10 de junio. El Consejo también debe respaldar el acuerdo.