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Confebus ayudará a sus asociados a reclamar el céntimo sanitario
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Confebus ayudará a sus asociados a reclamar el céntimo sanitario

Mediante un acuerdo de colaboración con CCS Abogados, incentivará la reclamación de este impuesto contrario al derecho comunitario

miércoles 04 de septiembre de 2024, 07:00h

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea declaró en su sentencia del 30 de mayo de 2024 que el tramo autonómico del Impuesto sobre Hidrocarburos pagado entre los años 2013 y 2018 en nuestro país era contrario al derecho comunitario. De esta forma, el organismo abrió la posibilidad de que los afectados pudieran solicitar la devolución de lo pagado junto con los intereses correspondientes, una decisión tras la que la Confederación Española de Transporte en Autobús (Confebús) se puso manos a la obra.

CCS solo cobrará sus honorarios en caso de lograr la devolución con intereses

Ahora, la organización ha anunciado la firma de un acuerdo de colaboración con el despacho CCS Abogados para gestionar el proceso de reclamación para sus asociados. Este acuerdo establece que CCS Abogados solo cobrará sus honorarios, que ascienden al 30% del total de las cantidades recuperadas, si se logra obtener la devolución con intereses, dando así a los miembros de la confederación un incentivo para reclamar las cantidades que legalmente les corresponden.

Los servicios incluidos en los honorarios de CCS abarcan asesoramiento y asistencia jurídica para la formación de pruebas relativas a los consumos de gasoil, la gestión de procedimientos administrativos previos a la reclamación judicial, la defensa legal en todas las instancias jurisdiccionales hasta la obtención de una sentencia firme, y la ejecución de la sentencia en favor del cliente. Todo esto con el objetivo de garantizar que los asociados de Confebús puedan ejercer de manera efectiva su derecho a reclamar.

Quién puede reclamar

La devolución puede ser solicitada por todos los consumidores de gasoil y gasolina durante el período mencionado, incluyendo a propietarios de turismos, vehículos destinados al transporte de pasajeros con menos de ocho plazas (además de la del conductor), y vehículos con más de ocho plazas que no hayan recibido o solo hayan recibido parcialmente la devolución del tramo autonómico del impuesto por parte de su Comunidad Autónoma. Además, también pueden reclamar aquellos cuyos consumos de combustible superaron los 50.000 litros al año.