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Astic evalúa los posibles resultados de la votación por el Parlamento Europeo sobre los tiempos de trabajo

Tendrá lugar el próximo día 29, y debería dirimir si excluye o no de su aplicación a los autónomos

jueves 17 de septiembre de 2009, 01:00h

El Parlamento Europeo, en la reunión de la Comisión de Empleo del próximo 29 de septiembre, votará para reiterar su postura sobre la Directiva sobre tiempos de trabajo, por la que pide a la Comisión Europea que excluya a los autónomos del campo de aplicación de la Directiva, tal y como informan desde Astic.

El resultado de esta votación no está claro. Las próximas etapas serán, en caso de no confirmarse la propuesta del Parlamento Europeo en la votación del próximo 29 de septiembre, que el informe y el procedimiento de examen del texto de la Comisión tendrán que ser iniciados de nuevo desde el principio.

Por el contrario, si se confirma la propuesta en la votación del día 29 y se rechaza por tanto la propuesta de la Comisión, se pasará a la votación de la opinión parlamentaria por el Pleno del Parlamento. Si el Pleno votara a favor de retirar la propuesta de la Comisión, entonces la Comisión tendría que retirarla.

La tercera posibilidad es que el Pleno votara en contra de retirar la propuesta de la Comisión, lo que provocaría que se volviera a enviar por última vez la propuesta a la Comisión parlamentaria correspondiente para que la estudiara de nuevo, sobre la base de una nueva opinión de la ponente competente.

Observatorio fronterizo

Por otro lado, la patronal de transporte internacional señala que la IRU, organización a la que pertenece, está preparando un folleto para animar a las autoridades aduaneras a que proporcionen datos al Observatorio sobre tiempos de espera en las fronteras

La IRU ha elaborado un nuevo borrador de folleto relacionado con su herramienta on-line "Observatorio sobre tiempos de espera en las fronteras de la IRU", cuyo objetivo es ofrecer información actualizada sobre la situación en los principales puntos fronterizos. Según la normativa en vigor, las autoridades aduaneras y otras autoridades nacionales tienen obligación de ofrecer dichos datos de manera actualizada. Esto significa que deberán colaborar activamente con el Observatorio, como único instrumento que ofrece este tipo de datos actualizados y a escala internacional.