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El proyecto de Reglamento sobre los derechos de los pasajeros en autobús y autocar sigue su rumbo en la UE

La política europea trata de igualar a los usuarios del transporte independientemente del modo en que viajen

martes 29 de diciembre de 2009, 01:00h

El Consejo de Ministros de Transportes de la UE ha alcanzado un acuerdo político sobre el proyecto de Reglamento sobre los derechos de los pasajeros en autobús y autocar. El Consejo podrá así adoptar en adelante una posición sobre la propuesta y transmitirla al Parlamento Europeo para una segunda lectura.

El objetivo de la propuesta es consolidar los derechos de los pasajeros del autobús y el autocar en lo que concierne a la ayuda a las personas con discapacitadas o movilidad reducida, remuneración publica, información al pasajero y gestión de quejas.

La principal cuestión pendiente concierne al alcance del proyecto de reglamento. En la sesión del Consejo de junio de 2009, la mayoría de los Estados miembros estaban a favor de restringir el alcance a los servicios regulares nacionales de larga distancia e internacionales. Sin embargo, el trabajo emprendido por los grupos preparatorios del Consejo demostró que una definición a escala comunitaria de los servicios de larga distancia era muy difícil de encontrar. Tras volver a discutir esta cuestión, los ministros convinieron que la regulación sí debía cubrir los servicios regulares en general mientras se prevean una serie de posibles exenciones. Tanto los servicios urbanos, como suburbanos y regionales se pueden eximir, excepto de las reglas de no-discriminación y del derecho de transporte para las personas discapacitadas, que, consecuentemente, se aplicarán a todos los servicios.

Se puede conceder una exención transitoria a los servicios regulares domésticos en general, así como para las conexiones de transporte regulares con países de fuera de la UE. El transporte por cuenta propia no comercial y los servicios regulares especiales reservados para una categoría específica de pasajeros seguirían estando fuera del alcance de la norma. Los servicios ocasionales tendrían que cumplir con las reglas de compensación y no discriminación, pero no con las otras disposiciones.

Modificaciones propuestas

El proyecto de reglamento contiene, según recoge el boletín semanal de Asintra, propuestas sobre:
- Compensación en caso de accidente por muerte o lesión de pasajero, así como por la pérdida o daño del equipaje. Los límites para la compensación financiera deben respetar las cantidades mínimas fijadas en la regulación, es decir, 220.000 euros por pasajero, y 500 euros (servicio regular regional o subregional u ocasional) o 1.200 euros (todo el resto de servicios regulares u ocasionales) por artículo del equipaje. El daño a los dispositivos de asistencia, por ejemplo las sillas de ruedas, tendrán que ser compensados íntegramente.
- La aplicación de la responsabilidad debe ser asumida de acuerdo con de ley nacional.
- No discriminación y asistencia a los discapacitados y a personas con movilidad reducida: no podrán ser rechazados en ningún transporte excepto por razones de seguridad o por falta de la infraestructura necesaria. No se pedirá ningún recargo. La ayuda debe ser proporcionada en los términos específicos señalados por los Estados miembros, conforme a la notificación anterior de la necesidad de ayuda. La persona que acompañe al minusválido tiene derecho a ser transportado gratuitamente.
- Derechos del pasajero en caso de cancelación o de retraso de un viaje: las compañías ofrecerán la opción de continuar con el viaje, de cambiarlo por otro o bien de reembolso. Además, se ofrecerá una asistencia de tentempiés, comidas o bebidas, así como alojamiento, en caso necesario.