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NORMATIVA EUROPEA

La IRU se opone al establecimiento de un documento único europeo de transporte multimodal

Desde la Asociación consideran que sería más efectivo que todos los documentos sean eleborados electrónicamente

viernes 08 de enero de 2010, 01:00h

En el seno de la UE se utilizan diversos documentos según el modo de transporte. Desde Astic recuerdan que hay una falta de uniformidad de las normas que regulan la responsabilidad del transportista, lo que hace difícil a los profesionales estimar correctamente los riesgos se su participación en tales transportes multimodales.

La Asociación incide en que actualmente los transportes multimodales de mercancías están sometidos a numerosos regimenes jurídicos diferentes: convenios internacionales, leyes nacionales, acuerdos bilaterales, etcétera.

Paralelamente a la elaboración por la CNUDCI de las Reglas de Rotterdam, firmadas ya por 20 Estados, la Comisión de la UE anunció en su Plan de Acción de 2007 para la logística del transporte de mercancías, medidas para la creación de un documento de transporte único y la evaluación de la necesidad de instaurar en la UE una cláusula de responsabilidad estándar. Aunque, en cierta medida, las Reglas de Rotterdam tienen en cuenta otros convenios como el CMR que ya rige el transporte de mercancías por carretera y el transporte multimodal con un tramo de carretera, algunas de sus disposiciones bordean en parte la reglamentación actual en vigor —por ejemplo, las Reglas de Rotterdam excluyen la aplicación de la legislación nacional al tramo terrestre de un transporte mar-carretera— sin aportar ventajas a los transportistas (en especial con respecto a la indemnización en caso de perdida o robo de mercancía).

En este contexto, el Estudio de Gómez Acebo & Pombo realizado por encargo de la DG TREN de la CE es un estudio que examina las modalidades y el valor añadido del establecimiento de un documento de transporte y de un régimen de responsabilidad únicos para todo el transporte de mercancías, independientemente del modo, como herramienta de facilitación de los transportes multimodales de mercancías.

Dada la interacción ya compleja entre el convenio CMR y las Reglas de Rótterdam, toda iniciativa de la CE para dictar reglas especificas europeas podría complicar más aún la tarea de los transportistas, lo cual debe evitarse.

Por otra parte, un documento de transporte multimodal y un régimen de responsabilidad único y obligatorio comporta riesgos ya que podría oponerse a los Convenios internacionales existentes (CMR, COTIF, Convención de Varsovia, etcétera) y evitar la aplicación de la legislación nacional en el tramo terrestre. En otros términos, desde Astic consideran que "podría añadir una reglamentación más en el cuadro jurídico ya de por sí demasiado complejo".

Posible ilegalidad

Tal documento podría representar una 'ilegalidad' de las obligaciones y responsabilidades de las partes de la cadena de aprovisionamiento, según el modo de transporte, con el riesgo de que los transportistas reduzcan su propio techo de responsabilidad y obligaciones en virtud de los llamados 'contratos de volumen'. Así pues, si los Estados o los operadores consideran necesario elaborar reglas para el transporte multimodal, estas podrían hacerse sobre una base facultativa.
Por ejemplo, las Reglas CNUCED/CCI aplicables a los documentos de transporte multimodal adoptadas en 1991 son voluntarias. El 'conocimiento' FIATA de transporte combinado se basa en estas reglas.

La IRU es favorable a una solución simple, clara y transparente de las reglas de responsabilidad en el transporte multimodal. La IRU se opone al establecimiento de un documento de transporte único, porque éste pondría poner en peligro la aplicación del Convenio CMR. La IRU considera esencial para el transporte por carretera que todos los documentos de transporte (carta de porte CMR, 'conocimiento', etcétera) sean elaborados electrónicamente para facilitar los intercambios.