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LÍMITES CIRCULATORIOS

Publicadas las restricciones de circulación en las carreteras vascas para 2011

Se agrupan en transporte de mercancías en general, transfronterizo, de peligrosas y especial

viernes 14 de enero de 2011, 01:00h

Con fecha 5 de enero de 2011 ha sido publicada en el BOE la  Resolución del Gobierno Vasco de 22 de diciembre de 2010 por la que se establecen las medidas especiales de regulación del tráfico durante el año 2011 en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Para el transporte de mercancías en general, en vehículos de más de 7,5 toneladas de MMA, se establecen las siguientes restricciones:
- Entre el 30 de abril y el 2 de octubre, se prohibe la circulación en las siguientes fechas y horarios: sábados, domingos y festivos desde las 10:00 hasta las 14:00 horas en A-8 (desde Malmasín al límite provincia Cantabria, sentidos Cantabria); en N-1 (entre enlace N-622 y Treviño y entre Treviño y límite provincia Burgos, sentido Burgos). Domingos y festivos desde las 16:00 hasta las 22:00 horas en los mismos tramos de las carreteras antes señaladas, pero en sentido entrada País Vasco.
- En la A-8 desde Malmasín al límite Cantabria y N-634 desde Erletxe al límite Cantabria, en ambos casos sentido Cantabria, desde las 16:00 hasta las 22:00 horas, los días 20 abril, 22 y 29 julio, 12 agosto, 7, 21 y 28 octubre y 2, 23 y 30 diciembre y desde las 8 hasta las 15 horas los días 21 abril, 23 y 30 julio, 8, 22 y 29 octubre, y 3 diciembre. En esas mismas carreteras, pero sentido Bilbao, desde las 16 hasta las 22 horas los días 25 abril, 15, 28 y 31 agosto, 12 y 25 octubre, 1 noviembre, 8 y 25 diciembre y 1 enero 2012.
- En la N-I, desde enlace N-622 hasta Treviño y desde límite provincia de Burgos a Treviño, ambos sentido Madrid-Irún, en N-240 en Vizcaya desde km. 11 al 43 y en Álava, desde km. 23 al 5, ambos sentido Vitoria, los días 20 abril, 22 y 29 julio, 12 agosto, 23 y 30 diciembre desde las 16 hasta las 22 horas y los días 21 abril, 23 y 30 julio, desde las 8:00 hasta las 15:00 horas. En esas mismas carreteras, pero sentido Vitoria, en la N-I  y sentido Vizcaya en la N-240 los días 25 abril, 15, 28 y 31 agosto, 25 diciembre y 1 enero de 2012.

Las restricciones al transporte transfronterizo, los días 25 abril, 1 y 8 mayo, 2 y 13 junio, 14 julio, 15 agosto 1 y 11 noviembre y 25 diciembre, desde las 22:00 horas de la víspera hasta las 22:00 horas de los referidos días se efectuarán en las siguientes carreteras:
- AP-8, desde Erletxe a la frontera con Francia, sentido Behovia.
- GI-20, desde enlace AP-8 Aritzeta hasta AP-8 Errenteria, sentido Francia.
- A-15 límite provincia Navarra hasta km. 156, sentido Andoain.
- N-I, desde límite Burgos hasta Treviño y dese Treviño hasta enlace N-622, sentido Vitoria y desde límite Navarra hasta enlace AP-8 / AP-1 Lasarte, sentido Francia.
- GI-636, desde enlace GI-20 Pasaia hasta Behobia, sentido Francia.
- GI-11 desde enlace N-1 - km. 0 hasta enlace GI-20 – km. 2,52, sentido San Sebastián.
- N-121A, desde límite Navarra hasta Behobia, sentido Francia.

Están exentos de cumplir las anteriores restricciones los siguientes tipos de transporte: mercancías perecederas, animales vivos, instalación de ferias y espectáculos, prensa, correo, venta ambulante, grúas de asistencia en carretera, unidades móviles de medios de comunicación, vehículos en vacío relativos a los anteriores tipos de transporte.

Mercancías peligrosas

Para las mercancías peligrosas, se prohíbe la circulación en ambos sentidos los domingos y festivos, desde las 8:00 hasta las 24:00 horas y las vísperas (no sábados) de festivos desde las 13:00 hasta las 24:00 horas. Asimismo, el día 31 de julio desde las 8:00 hasta las 24:00 horas. Además, a los vehículos que transporten mercancías peligrosas de más de 7,5 toneladas de MMA se les aplicarán las restricciones establecidas para los transportes de carga general.

Quedan exentos los transportes se gases licuados de uso doméstico a puntos de distribución o consumidores; materias para aprovisionamiento de estaciones de servicio o consumo propio para el aprovisionamiento de vehículos de transporte; gasóleos de calefacción para uso doméstico; gases para Centros Sanitarios o particulares para asistencia domiciliaria; combustibles para puertos y aeropuertos o productos para el funcionamiento de centros industriales. Se efectuarán los desplazamientos por la Red de Itinerarios de Mercancías Peligrosas RIMP y estará prohibido circular por el túnel de Malmasín, salvo las exenciones previstas por el ADR. El tránsito por la N-634 sólo se utilizará para acceder o salir de Bilbao.

Por último, los transportes que por sus características técnicas o por la mercancía que transportan precisen autorización especial para circular, tienen restringida la circulación los sábados y vísperas de festivos desde las 13:00 hasta las 24:00 horas y los domingos y festivos desde las 0:00 hasta las 24:00 horas. Asimismo, el día 31 de julio, desde las 8:00 hasta las 24:00 horas.