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Fomento y el departamento de Mercancías del CNTC firman un acuerdo sobre el régimen sancionador

Adapta lo que establece la LOTT a las nuevas normativas de la UE y evita las diferencias entre los Estados miembros

viernes 11 de febrero de 2011, 01:00h

El Ministerio de Fomento y el Departamento de Mercancías del Comité Nacional del Transporte por Carretera han alcanzado un acuerdo por el que promoverá la modificación parcial del régimen sancionador establecido en la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres.

El acuerdo se produce tras la reunión que el ministro de Fomento, José Blanco, mantuvo el pasado día 3 de febrero con el citado Comité, y que  ha culminado enel encuentro que han mantenido el pasado miércoles el director General de Transporte Terrestre, Manel Villalante, con las asociaciones de transporte de mercancías presentes en el Comité Nacional.

El nuevo régimen sancionador se adaptará a lo que establece el Reglamento CE 1071/2009 y la Directiva de la Unión Europea 5/2009 con el objetivo de establecer una escala común de infracciones divididas en categorías, para disponer así de una clasificación armonizada en todos los Estados miembros, que evite grandes diferencias.

El acuerdo supondrá cambios en las consideraciones de leve, grave o muy grave de algunas conductas y variaciones en los tiempos de reiteración para su agravamiento, al tiempo que se modifican algunas cuantías. Además, se incentiva el pago voluntario rápido con mayores descuentos de las sanciones, si bien no en el porcentaje solicitado por los transportistas (50%).

Líneas generales

Los aspectos más relevantes del pacto son:

- Minoración de las cuantías de las sanciones, especialmente en tiempos de conducción y descanso.
- Ampliación del plazo para efectuar el pago de sanciones con carácter voluntario de 15 días a un mes.
- Mayor reducción de las sanciones por pronto pago del 25 al 30 por ciento.
- Se restringe el agravamiento de sanciones por habitualidad y reincidencia a sanciones muy graves.

Si bien la eliminación de la responsabilidad objetiva del artículo 138 de la LOTT no se ha conseguido, la CETM ha informado que tiene la intención de persistir con su reivindicación, al considerar la gran importancia que reviste para las empresas del Sector.

Este acuerdo se plasmará en la reforma de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, cuya tramitación parlamentaria se iniciará en las próximas semanas. En ella se incluirán las modificaciones necesarias procedentes de la normativa comunitaria, como los Reglamentos de acceso a la profesión y al mercado. Igualmente, se producirá una modificación de la Orden de Autorizaciones de Transporte en línea con el Reglamento Comunitario 1.071. El CNTC se reunirá en breve para considerar estas cuestiones.

La Dirección General se ha comprometido a que, hasta la aprobación de la nueva LOTT, aplicará el actual baremo en sus bandas mínimas y transmitirá estas nuevas directrices a las Comunidades Autónomas. Por otra parte, también se ha comprometido a remitir en marzo un borrador de Condiciones Generales de Contratación del Transporte que incorpore las necesarias cuestiones de la Ley del Contrato de Transporte y las disposiciones de la modificada Ley de Lucha Contra la Morosidad que establecen el pago obligatorio en plazo de 60 días sin posibilidad de pacto en contrario. La CETM presentará al Ministerio nuevas y concretas líneas en cuanto a la dirección que considera que debe tomar el Sector.