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El Gobierno aprueba la norma sobre la gestión de la seguridad de las infraestructuras viarias en la Red del Estado

Regula el establecimiento y la aplicación de los métodos de actuación en las vías de la Red Transeuropea

martes 15 de marzo de 2011, 01:00h

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto que regula la gestión de la seguridad de las infraestructuras viarias en la Red de Carreteras del Estado, a su vez integradas en la Red Transeuropea de Carreteras. Se incorpora así al ordenamiento jurídico español lo dispuesto en la directiva europea sobre esta materia.

Uno de los principales objetivos de la gestión de la red de carreteras estatal es mejorar la seguridad de la circulación con el fin de reducir en la mayor medida posible las consecuencias humanas, sociales y económicas de los accidentes de circulación. En este sentido, el Ministerio de Fomento ha venido desarrollando en los últimos años numerosas actuaciones para modernizar la red viaria y mejorar y reforzar los equipamientos de seguridad de las carreteras españolas. De igual modo, se han incorporado criterios de seguridad viaria entre los determinantes de la planificación, proyecto y construcción de las nuevas carreteras, así como en la mejora de las ya existentes. Todo ello ha contribuido sustancialmente a la importante reducción de la accidentalidad que se ha logrado en nuestro país en los últimos años.

Por otra parte, la mejora de las infraestructuras viarias también constituye uno de los pilares básicos de la política de seguridad vial de la Comisión Europea. La Directiva 2008/96/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de noviembre de 2008, sobre gestión de la seguridad de las infraestructuras viarias establece una serie de procedimientos destinados a conseguir un nivel de seguridad elevado y homogéneo en la Red Transeuropea de Carreteras.

El Real Decreto aprobado en el Consejo de Ministros el pasado 11 de marzo incorpora al ordenamiento jurídico español lo dispuesto en esta directiva europea. Así se regula el establecimiento y la aplicación de los métodos de actuación en materia de gestión de la seguridad de las infraestructuras viarias en las vías integrantes de la Red Transeuropea de Carreteras que formen parte de la Red de Carreteras del Estado.

Puntos de actuación

Los principales puntos de actuación recogidos en el Real Decreto son:
- Evaluación del impacto de las infraestructuras viarias en la seguridad en la fase inicial de la planificación.
- Auditorías de seguridad viaria en las fases de anteproyecto, proyecto, previa a la puesta en servicio y en el período inicial en servicio de las carreteras.
- Clasificación de seguridad de los tramos de la red atendiendo a la concentración de accidentes y al potencial de mejora de la seguridad.
- Realización periódica de inspecciones de seguridad viaria en las carreteras en servicio.

La norma regula también la composición de los equipos encargados de realizar las auditorías de seguridad viaria; el programa de formación y el procedimiento de acreditación; y los requisitos que se exigirán a los auditores de seguridad viaria. Además, se especifica la titulación y la experiencia que se exige a los técnicos encargados de realizar los estudios detallados de los tramos de concentración de accidentes; los tramos de alto potencial de mejora de la seguridad y las inspecciones de seguridad viaria en las carreteras en servicio.