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Publican el Real Decreto 648/2011 que contempla subvenciones para la compra de autobuses eléctricos

martes 17 de mayo de 2011, 01:00h

En el Boletín Oficial del Estado del pasado 10 de mayo se ha publicado el Real Decreto 648/2011, de 9 de mayo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la adquisición de vehículos eléctricos durante 2011, en el marco del Plan de Acción 2010-2012 del Plan Integral de impulso del vehículo eléctrico en España 2010-2014.

Según ha informado Asintra a sus asociados, a través de su Semanal nº 391, el citado Real Decreto tiene por objeto la concesión directa de ayudas para la adquisición de vehículos eléctricos nuevos, entendiendo como tales, aquéllos cuya energía de propulsión procede total o parcialmente, de la electricidad de sus baterías, cargadas a través de la red eléctrica. Estas ayudas se aplicarán a las adquisiciones de vehículos nuevos, operaciones de financiación por leasing financiero y arrendamiento por renting o leasing operativo de estos vehículos, cuya solicitud se produzca en el periodo comprendido desde la entrada en vigor de este Real Decreto hasta el 1 de diciembre de 2011, o hasta el agotamiento de los fondos.

El presupuesto destinado a estas ayudas es de 72 millones, siendo la cuantía de las ayudas la siguiente, en función tipo de vehículo:
- Microbuses M2: Subvención de hasta el 25% del precio de venta antes de impuestos incluidas las baterías, con un máximo de 15.000 euros, siempre que su autonomía en régimen exclusivamente eléctrico sea superior a los 60 km.
- Autobuses M3: Subvención de hasta el 25% del precio de venta antes de impuestos , incluidas las baterías, con un máximo de 30.000 euros, siempre que su autonomía en régimen exclusivamente eléctrico sea superior a los 60 km.
- En el caso de adquisición de un vehículo que no incluya las baterías propulsoras, el porcentaje de subvención será del 35% del precio neto de la factura antes de impuestos.
- Cuando el beneficiario adquiera más de un vehículo de la misma categoría, la ayuda se incrementará en porcentajes ascendentes..

La solicitud se realizará a través de los agentes de ventas que voluntariamente se adhieran a este plan de ayudas. La documentación que habrá que acompañar a la solicitud es la siguiente: Factura de compra, ficha técnica, permiso de circulación, documento acreditativo de la identidad del vehículo, declaración responsable del beneficiario de encontrarse al corriente pago de sus obligaciones con Hacienda y la Seguridad Social y declaración sobre las ayudas recibidas en el ejercicio 2011 y los dos anteriores, según el anexo III de este Real Decreto.