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La cuantía de las ayudas al abandono oscila entre 72.400 y 30.000 euros, según informa Fenadismer

jueves 21 de julio de 2011, 01:00h

El presupuesto de 42 millones de euros de ayudas al abandono de la actividad, anunciado por el Gobierno, tiene como beneficiarios a transportistas a partir de 60 años de edad, siendo los importes concedidos de entre 72.400 y 30.000 euros, según ha informado Fenadismer.

El pasado 18 de julio ha sido publicada en el B.O.E. la Orden FOM/2015/2011 de 30 de junio, por la que se otorgan las ayudas a transportistas autónomos por carretera que abandonen la actividad. La relación de excluidos podrá ser consultada en la página web del Ministerio de Fomento www.mfom.es, en la que asimismo, se consignarán las causas de la no concesión.

Fenadismer advierte que, al objeto de poder proceder al cobro de la subvención, será necesario aportar la documentación señalada a continuación, con fecha límite el 31 de agosto, (en el supuesto de que la documentación requerida se envíe a Fenadismer en Madrid para su presentación, la fecha límite será el lunes 29 de agosto):
- Declaración responsable comprometiéndose al abandono definitivo de la actividad de transporte por carretera. (Se remitirá por carta del Ministerio de Fomento modelo de renuncia).
- Declaración responsable comprometiéndose a no utilizar el título de capacitación profesional.
- Certificado de baja de la/s autorización/es de transporte, expedido por la Comunidad Autónoma correspondiente en el que se especifique como motivo de la baja la renuncia al ejercicio futuro de la actividad.
- Renuncia definitiva al permiso de conducción para vehículos de más de 3.500 kg de MMA y/o autobuses o fotocopia compulsada del nuevo permiso de conducción expedido después de la renuncia.
-Identificación de cuenta bancaria para el abono de la subvención concedida.

Asimismo, al haber transcurrido más de seis meses desde la solicitud de las ayudas, se requerirá nuevamente aportar certificado de inexistencia de deudas con la Seguridad Social y Hacienda.