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Asintra elabora un informe sobre el borrador de proyecto de Real Decreto sobre tiempos de trabajo en el Sector

Las observaciones de la Federación se relacionan con los tiempos de presencia en los casos de dobles tripulaciones

miércoles 21 de septiembre de 2011, 01:00h

La Federación Española Empresarial de Transporte de Viajeros, Asintra, ha elaborado un informe sobre el borrador de proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre, sobre jornadas especiales de trabajo en materia de tiempo de presencia en los transportes por carretera.

El borrador de proyecto de Real Decreto modifica puntualmente el Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre, a su vez modificado en lo relativo al tiempo de trabajo de trabajadores que realizan actividades móviles de transporte por carretera por el Real Decreto 902/2007, de 6 de julio.

La tramitación de este Real Decreto encuentra su origen "en la intensa actividad conjunta de las asociaciones empresariales y organizaciones sindicales del sector". No obstante, posteriormente, en la tramitación formal del Real Decreto han sido nuevamente consultadas las organizaciones sindicales y las asociaciones empresariales más representativas. Igualmente, el proyecto ha sido informado por el Consejo Nacional de Transportes Terrestres y por el Comité Nacional de Transportes por Carretera.

Las observaciones de Asintra

La iniciativa legislativa de modificar el RD 1561/95, en lo concerniente a los cómputos de horas de presencia se produce a instancias de las asociaciones de Transportes de Mercancías, y al hilo de los diferentes recursos – todos desestimados – que plantearon contra la modificación derivada del Reglamento CE 561, por lo que a las asociaciones de Transporte de Viajeros sólo les afecta lo concerniente a los cómputos de las horas de presencia derivadas de las dobles tripulaciones.

En este sentido, a juicio de la federación, "resulta positiva, ya que permite un computo diferente de estos tiempos de presencia (dobles tripulaciones)". "Sin embargo la iniciativa sólo permite un diferente cómputo mediante acuerdo Colectivo de carácter Nacional, que no existe en el Sector de Transporte de Viajeros. Lo ideal sería que el cómputo pudiera modificarse también por Convenios Colectivos Sectoriales de ámbito provincial o autonómico, que son la base por la que se articulan las relaciones laborales en el Sector de Transporte de Viajeros".