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EL LAUDO SUSTITUYE A LA SENTENCIA O DECISIÓN JUDICIAL

La Junta Arbitral del Transporte de la Región de Murcia resuelve 404 reclamaciones durante 2011

Son reclamaciones económicas que no exceden los 6.000 euros derivadas de un contrato de transporte terrestre

martes 10 de enero de 2012, 01:00h

La Junta Arbitral del Transporte de la Región de Murcia resolvió durante el año pasado un total de 404 reclamaciones, a través de otras tantas vistas que solucionaron las controversias de carácter mercantil suscitadas entre empresas y usuarios, unas veces dictando laudo y otras intermediando para lograr un acuerdo conciliatorio.

El citado órgano está integrado dentro de la estructura de la Consejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio y se encarga de resolver las reclamaciones económicas que no excedan de 6.000 euros derivadas de cualquier contrato de transporte terrestre (viajeros o mercancías). También puede intervenir en reclamaciones que superen ese importe si hay pacto expreso en ese sentido, o las partes convienen en ello.

Además, la Junta Arbitral del Transporte de la Región de Murcia dictamina e informa sobre las condiciones de cumplimiento de los contratos de transporte y sus cláusulas de ejecución.

Asimismo, interviene en el depósito, valoración y enajenación de mercancías cuyos portes no se paguen por el destinatario obligado a ello. También realiza el depósito y enajenación de las mercancías transportadas cuando no sea posible realizar la entrega y corran riesgo de perderse.

Por otra parte, realiza depósitos y peritaciones cautelares, previos al arbitraje, cuando haya dudas y discusiones sobre el estado de las mercancías transportadas.

En el ámbito de esta función, la Junta resuelve reclamaciones e interviene en conflictos, de contenido económico, en relación con los transportes terrestres (carretera, ferrocarril y cable). Se incluyen tanto los transportes internos como los internacionales, y los intermodales cuando uno de los modos es terrestre (carretera-barco, ferrocarril-aéreo, etc.).

Procedimiento

Cualquier usuario, transportista, cargador o intermediario que sea parte contratante en un transporte terrestre de viajeros o mercancías, puede acudir a la Junta Arbitral, sin abogado ni procurador, presentando un simple escrito de reclamación.

La Junta, en un único trámite de vista oral, rápido y antiformalista, resuelve la reclamación planteada dictando un laudo que sustituye a la sentencia o decisión judicial y produce efectos idénticos a la cosa juzgada. La intervención de este organismo es gratuita.