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Entra en vigor el céntimo sanitario en Cantabria con devolución íntegra para transportistas y taxistas

miércoles 06 de junio de 2012, 01:00h

El pasado 1 de junio se publicó en el Boletín Oficial de Cantabria la Ley de Cantabria 2/2012 de 30 de mayo, de Medidas Administrativas, Económicas y Financieras, que establece, en el apartado de Medidas Fiscales, el tipo de gravamen autonómico en el Impuesto sobre las Ventas Minoristas de determinados Hidrocarburos.

El denominado céntimo sanitario grabará los diferentes tipos de combustible en las siguientes cuantías:
- Gasolinas: 48 euros por 1.000 litros.
- Gasóleo de uso general: 48 euros por 1.000 litros. (0,048 céntimos por litro).
- Fuelóleo: 2 euros por tonelada.
- Queroseno de uso general: 48 euros por 1.000 litros.

El tipo autonómico de devolución de este impuesto para el gasóleo de uso profesional (transportistas y taxistas), será del 100%. La devolución se realizará a través del mecanismo establecido en la Orden EHA/3929/2006 por consumo de gasóleo profesional.

Para ser beneficiario de dicha devolución se deberá estar inscrito en el preceptivo censo como usuario de gasóleo profesional en la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Esta Ley entró en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín, el pasado sábado 2 de junio.