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El Sector plantea a Fomento sus necesidades de cara a la elaboración del Plan de Inspección para 2013

El subdirector general de Inspección y algunos responsables autonómicos se reúnen con el Comité Nacional

jueves 29 de noviembre de 2012, 01:00h

La sede del Ministerio de Fomento albergó el pasado martes la tradicional reunión anual para perfilar el Plan Nacional de Inspección de Transporte por Carretera para 2013, presidida por el subdirector general de Inspección del Ministerio de Fomento y algunos responsables de inspección autonómicos y el Comité Nacional de Transporte por Carretera.

El objetivo de la reunión fue, según informa Fenadismer, elaborar los criterios prioritarios del Plan Nacional de Inspección para el próximo año 2013.  Por parte de las organizaciones nacionales de transportistas se plantearon las siguientes prioridades:

1.- Control del intrusismo en el Sector de aquellas empresas que no han realizado el visado de las autorizaciones de transporte y continúen ejerciendo la actividad. En este sentido, se muestra la preocupación por el porcentaje de empresas que no están realizando el visado este año 2012, que supone más del 20% en algunas Comunidades Autónomas.

2.- Control de la competencia desleal realizada por empresas extranjeras que operan en España. en perjuicio de las empresas transportistas españolas, muchas de las cuales son creadas por empresas españolas que se deslocalizan y establecen empresas fiscales en países del Este de Europa por sus menores costes fiscales y sociales.

3.- Control en las inspecciones que se realizan a las empresas de transporte la correcta cotización en la Seguridad Social de sus conductores asalariados, así como erradicación de las prácticas llevadas a cabo por empresas que contratan a sus conductores como autónomos.

4.- Exigencia de que se delimite la responsabilidad por el documento de control, de tal modo que la responsabilidad del transportista se limite en llevarlo a bordo del vehículo y la de la empresa cargadora se refiera a la elaboración correcta o no del mismo.

5.- Establecimiento de un criterio clarificador en relación a la utilización del certificado de actividades tratándose de transportistas autónomos en los que el vehículo de transporte se encuentra inactivo, lo que puede acreditarse mediante los registros del tacógrafo.

6. -Limitación de la multiplicidad de sanciones que se imponen en caso de requerimientos de la inspección de transporte que no sean atendidas por la empresa transportista, que da lugar a tantas sanciones por obstrucción a la labor inspectora como vehículos de transporte posea (multiplicidad de sanciones).

Responsabilidad

7. -Delimitación de la responsabilidad de la empresa transportista en casos de exceso de peso, de tal modo que se exima al transportista de responsabilidad sancionadora cuando habiendo exceso de peso justifique que fue sin su conocimiento o acreditando un justificante entregado por el cliente con un peso inferior.

8.- Incremento de la inspección sobre el transporte ilegal realizado con vehículos ligeros sin autorización, especialmente en los ámbitos urbanos.

9..- Clarificación sobre la obligatoriedad o no de la utilización del termógrafo en los vehículos frigoríficos en el caso de la distribución local.