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Se publica la nueva ley que perseguirá más duramente el empleo irregular y el fraude a la Seguridad Social

jueves 10 de enero de 2013, 01:00h
El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy.
El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy.

A finales del pasado mes de diciembre se aprobó y publicó en el BOE la Ley 13/2012, de 26 de diciembre, de Lucha contra el Empleo Irregular y el Fraude a la Seguridad Social. La nueva ley adopta medidas contra el cobro indebido de prestaciones por desempleo, el empleo ilegal o la creación de empresas ficticias.

Según ha publicado la asociación guipuzcoana Guitrans, entre las principales modificaciones que implementará la nueva legislación se encuentran el cambio en la responsabilidad solidaria en los supuestos de subcontratación empresarial, que pasa de 1 a 3 años; la reducción automática de las sanciones pagadas en el plazo establecido, las cuales solo podrán aplicarse si la cuantía de la liquidación supera la de la sanción propuesta inicialmente o el cambio en las notificaciones en el Tablón Edictal de la Seguridad Social, que se realizarán transcurridos 20 días desde su publicación la notificación se dará por realizada.

También se modifica la tipificación de algunas sanciones. En este sentido, pasará a considerarse infracción grave no cotizar por los salarios de tramitación e infracción muy grave dar ocupación a los trabajadores con suspensión de contrato, obligar a los trabajadores con jornada reducida a trabajar a jornada completa y no comunicar datos a la Seguridad Social. La sanción será mayor cuanto mayor sea el número de trabajadores afectado. La nueva clasificación de infracciones muy graves no ha entrado en vigor hasta el pasado 1 de enero de 2013.

Asimismo, se establece que la obligación del empresario principal, de cerciorarse de que los trabajadores de la subcontrata están dados de alta en las Seguridad Social, debe realizarse durante el periodo de ejecución de la contrata o subcontrata. También se suprime el derecho de aplicación de bonificaciones por contratación, excepto las establecidas en una relación de normas que aparecen en la disposición adicional 5ª.

Las multas por fraude a la Seguridad Social previstas van de 3.000 a 187.000 euros aproximadamente, independientemente de la cuantía defraudada. Otra enmienda prevé que los empresarios que incurran en determinados supuestos pierdan las ayudas y bonificaciones de forma automática siempre que haya una resolución sancionadora o una sentencia judicial firme en el caso. Las empresas que cometan infracciones muy graves por discriminación directa o indirecta por razón de sexo y que no elaboren o apliquen el preceptivo Plan de Igualdad o contravengan la resolución de la Autoridad Laboral perderán las ayudas, bonificaciones o beneficios que tuvieran de forma automática, en lugar de a propuesta del funcionario de la Inspección de Trabajo, además de ser sancionadas de forma corriente. Esta medida podrá aplicarse entre seis meses y dos años, en lugar de sólo durante el medio año que se reconocía hasta la fecha.