En concreto, según los representantes de este colectivo, el proyecto de Ley por el que se modifica la LOTT, ha acogido una enmienda formulada por varios grupos parlamentarios en virtud de la cual los vehículos destinados al transporte de viajeros "deberán cumplir las condiciones básicas de accesibilidad para personas con discapacidad que reglamentariamente resulten exigibles. Una exigencia, inexistente hasta ahora en la legislación de transportes terrestres, que se añade como uno de los requisitos generales de ejercicio de la actividad de los transportistas".
Otro de los avances incorporados en el texto, según CERMI, es la inclusión de las organizaciones representativas de las personas con discapacidad como miembros de pleno derecho del Consejo Nacional de Transportes Terrestres.
Sanciones en caso de incumplimiento
Los representantes de las personas con discapacidad han recordado que el proyecto de Ley contempla como infracción muy grave "el incumplimiento de las condiciones de accesibilidad a los vehículos establecidas con carácter general para todos los servicios públicos de transporte regular de viajeros por carretera de uso general o especialmente señalados en el pliego de condiciones o el contrato del servicio de que se trate, así como la conducta del personal de la empresa contratista consistente en impedir o dificultar la utilización del servicio a personas con discapacidad".
Por todo ello, para el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad, con estas mejoras " la legislación estatal sobre transportes terrestres se hace más exigente en materia de accesibilidad de las personas con discapacidad, garantizando de forma más intensa sus derechos a la libre circulación y a la movilidad".