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Aprobadas las ayudas y subvenciones para quienes hayan obtenido el permiso de conducir camiones o autobuses

Además, habrá ayudas específicas para las mujeres que trabajen en el Sector como autónomas o asalariadas

jueves 24 de abril de 2008, 01:00h

La Dirección General de Transportes de la Comunidad de Madrid ha aprobado la Orden de 12 de marzo de 2008 (BOCAM de 7 de Abril) de ayudas para los conductores profesionales que hayan obtenido el permiso de conducir en los 18 meses anteriores a la publicación de la norma de de las clases C1, C, C1+E, D1, D, D1+E o clase D+E.

Según informaciones entregadas por Fenadismer, para acogerse a dichas ayudas habrá que cumplir determinados requisitos, que son: estar empadronado en la Comunidad de Madrid desde al menos hace un año; haber realizado en algún centro o asociación de transportes curso relacionado con el transporte (mercancías peligrosas, capacitación profesional, etc) de al menos 40 horas de duración, o bien haber trabajado como conductor -asalariado o autónomo- y no tener deudas con la Seguridad Social o con Hacienda.

La ayuda concedida tiene un máximo de 600 € y cubre los gastos realizados para la obtención del permiso de conducir, incluyendo la matrícula de la autoescuela, clases de conducir, tasas de exámenes, etc.  y los gastos por realización del curso relacionado con el transporte (capacitación, mercancías peligrosas, etc.).

Ayuda para las conductoras

Por otro lado, la Dirección General de Transportes ha aprobado, dentro de la misma Orden, la  convocatoria de subvenciones para el fomento de la  incorporación de mujeres, tanto autónomas como asalariadas, en el Sector, en cualquiera de sus subsectores (transporte de mercancías, transporte de viajeros y autotaxis).

En el caso de mujeres asalariadas, se subvencionará a la empresa de transporte o transportista que la contrate los costes salariales correspondientes al primer año de contrato, incluidas las cotizaciones de la Seguridad Social con un máximo de 3000 euros por persona contratada (hasta un máximo de 9000 euros por empresa).

En el caso de mujeres que se incorporan como autónomas al Sector, se las subvencionará  sus cotizaciones a la Seguridad Social que abonen durante un año. En ambos casos la mujer debe haberse dado de alta en la Seguridad Social con posterioridad al 1 de Octubre de 2007.

El plazo límite para solicitar las subvenciones es hasta el 7 de Mayo de 2008.