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Alemania impone a los transportistas extranjeros el cumplimiento del salario mínimo alemán

El salario mínimo será de 8,50 euros por hora para el año 2015

viernes 02 de enero de 2015, 01:00h

La nueva norma entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2015 y se ampara en una directiva europea. Los empleadores deberán comprometerse mediante un certificado a proporcionar las pruebas ante las autoridades alemanas de que cumplen la ley.

Alemania ha impuesto nuevas exigencias para mejorar las condiciones laborales de todos los conductores que realicen trabajos de transporte en el país centro-europeo. Desde el 1 de enero de 2015, los transportistas extranjeros que realicen cualquier clase de transporte en territorio alemán, incluso transporte internacional o de tránsito, deberán justificar que los salarios de sus conductores cumplen la Ley de salario mínimo alemán.

El salario mínimo será de 8,50 euros por hora para el año 2015. Esa cuantía se podrá modificar cada año y se revisará cada cinco años por la normativa alemana, a instancia de un comité especial. Según la información que facilita Astic, las empresas extranjeras que desplacen trabajadores a Alemania deberán informar a la Dirección Federal de Hacienda en Colonia (Bundesfinanzdirektion West. Köln) antes de la realización de los viajes, aportando una serie de datos que justifiquen el cumplimiento de la nueva Ley: las empresas deberán aportar los datos del conductor, el inicio y duración previstos de las operaciones en Alemania y la dirección en la que se almacenen los documentos justificativos del cumplimiento del pago del salario mínimo. Además, también hay que presentar un escrito certificando que, a solicitud de las autoridades alemanas, el empleador proporcionará las pruebas de que se paga al conductor el salario mínimo.

Esta notificación previa se deberá redactar en alemán y podrá referirse a un periodo de hasta 6 meses. En caso de variaciones en las actividades planificadas en Alemania, éstas no deberán notificarse. Esta nueva norma se ampara en la directiva europea 96/71/CE de desplazamiento de trabajadores en el marco de prestación de servicios. Esta normativa establece que los Estados miembros deber garantizar que a los trabajadores desplazados en el marco de una prestación de servicios se les aplique la normativa del Estado en donde se realiza el servicio en materia, entre otras, de salario mínimo.