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La DGT aclara en un comunicado que ‘nunca ha contemplado sancionar a peatones por excesos de velocidad’

viernes 23 de enero de 2015, 01:00h
El artículo al que se refiere el informe del Consejo de Estado nada tiene que ver con los peatones, aclaran desde la DGT.
El artículo al que se refiere el informe del Consejo de Estado nada tiene que ver con los peatones, aclaran desde la DGT.

Ante las diversas versiones que se han publicado en diferentes medios de comunicación sobre la posibilidad de que la Dirección General de Tráfico, en aplicación del proyecto de Reglamento General de Circulación todavía en tramitación, pueda sancionar a los peatones por andar o correr con determinada velocidad, el organismo ha emitido un comunicado para "negar rotundamente dicha posibilidad".

"El texto actual no difiere y es exactamente el mismo, ya vigente, que se recoge  en el texto del reglamento General de Circulación desde 1992", señalan desde la entidad.

"El artículo 48.5, sobre límites de velocidad, regula que ‘los vehículos en los que su conductor circule a pie no sobrepasarán la velocidad del paso humano, y los animales que arrastren un vehículo, la del trote’. Por lo que como se ve, el artículo al que se refiere el informe del Consejo de Estado nada tiene que ver con los peatones. Si no que va dirigido específicamente a los conductores que a pie lleven o arrastren un vehículo", finalizan desde la DGT.