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El BOE publica el nuevo límite para régimen de módulos
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El BOE publica el nuevo límite para régimen de módulos

lunes 09 de noviembre de 2015, 07:00h
El BOE publicó la Ley 48/2015, de Presupuestos Generales del Estado para 2016, por la cual se establece el importe máximo de facturación para continuar acogido al régimen de módulos.
Fenadismer ha informado que la nueva regulación aprobada establece el límite de exclusión del régimen de módulos a 125.000 euros de facturación anual (o 250.000 euros si la facturación se realiza en más de un 50% a clientes particulares). “Cabe recordar que en la actualidad, el límite de exclusión estaba establecido en 300.000 euros, con lo que con el nuevo límite aprobado ya no podrán acogerse los transportistas titulares de dos o más vehículos de transporte pesados debido a que los costes de explotación de su actividad superan de por sí dicha magnitud, por lo que sólo permitirá que puedan acogerse los autónomos que sean titulares de un solo vehículo pesado, así como los transportistas titulares de vehículos ligeros”, ha explicado la federación.

“Junto al límite de facturación habrá que tener en cuenta asimismo el límite referido al número máximo de vehículos de que puede ser titular el transportista para poder acogerse al régimen de módulos, que quedará establecido en un máximo de 4 vehículos referidos a este año 2015, frente al límite máximo de 5 vehículos que existía en la actualidad”, ha reiterado Fenadismer. La nueva regulación tiene carácter transitorio, ya que solo será de aplicación para los ejercicios fiscales 2016 y 2017, por lo que en consecuencia a partir de 2018 no se podrá acoger al régimen de módulos aquel transportista autónomo que en el año anterior haya facturado más de 75.000 euros anuales, según se estableció en la reforma fiscal aprobada en noviembre de 2014 mediante la ley 26/2014.