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ACTUALIZACIÓN DE TARIFAS

El precio del billete de autobús interurbano cuesta desde hoy un 3,27% más de media

Fenebús agradece a Fomento la subida a pesar de considerar que el porcentaje debería ser mínimo de un 5%

martes 15 de julio de 2008, 01:00h

La subida anunciada por las patronales Fenebús y Asintra se sumará al incremento del 2,79% que ya se aplicó el pasado 1 de abril en función de la actualización automática que se realiza todos los años en dicha fecha. Este porcentaje lo determina una fórmula diseñada hace años y vinculada a la inflación mensual media de los últimos meses.

El Ministerio de Fomento ha aprobado una subida de las tarifas de los servicios de transporte regular del 3,27%, aplicable desde hoy 15 de julio. No obstante, la federación recuerda que este aumento resulta insuficiente y que el incremento debería haberse situado como mínimo en el 5%, con el fin de compensar el continuo incremento de los precios del gasóleo, que en lo que va de año ha ascendido a un 24% y respecto a las mismas fechas del año anterior a un 35%.

Fenebús considera que el incremento tarifario que ahora ha autorizado Fomento, y que la Dirección General de Transporte por Carretera presentará en distintas resoluciones para cada concesión de su competencia, resulta por tanto insuficiente para cubrir los actuales costes de explotación. En este sentido, una de las dos asociaciones mayoritarias del sector recuerda que opiniones más autorizadas que la de la federación, como la de Juan Iranzo, director del Instituto de Estudios Económicos, han recomendado un incremento similar al solicitado por las empresas eléctricas y aseguró que esta cifra debería rondar en ambos casos el 20% "para conseguir el equilibrio económico y financiero de las empresas".

No es extraordinaria

Además, se recuerda que la sección de transporte regular que preside Fenebús dentro del Comité Nacional del Transporte por Carretera ya emitió un informe en el que dejó constancia del descontento de las empresas debido a que el incremento tarifario es a cuenta de la revisión del próximo año, cuando debería ser extraordinario, y porque no incluye un alza para los mínimos de percepción.

De acuerdo con la actual normativa, la administración tiene la obligación de proceder a una revisión obligatoria de carácter general de estas tarifas dentro del segundo trimestre de cada año, debiendo respetar una serie de reglas previstas legalmente. Se permite, no obstante, proceder a revisiones extraordinarias en los casos de variaciones excepcionales en el conjunto de elemento que integran la estructura de costes de este tipo de servicios de transporte o en una parte sustancial de éstos.

La nueva Orden pretende, según Fomento, que las personas dedicadas a esta actividad puedan hacer frente al incremento de los costes de explotación que han sufrido como consecuencia del incremento por encima de lo previsto del precio del gasóleo. En definitiva, la patronales agradecen la "necesaria" subida de precios que entra en vigor hoy mismo, pero la consideran "insuficiente". Tanto Fenebús como Asintra calculan que el incremento debería ser al menos del 5%, dado que la subida de 2006 tampoco se ajustó a la evolución de costes de personas y combustible de las empresas.