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El abogado de la UE define como empresas las actividades colaborativas de Uber

martes 16 de mayo de 2017, 07:00h
Para la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA) el informe que presenta el abogado de la UE con respecto a la demanda presentada contra la actividad de Uber pop en España y que se espera sea en buena parte el contenido de la sentencia del alto tribunal europeo, sobrepasa el ámbito específico del taxi.
El abogado de la UE define como empresas las actividades colaborativas de Uber
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En la práctica viene a confirmar que no se pueden realizar actividades económicas, aunque estas sean colaborativas, sin una titularidad empresarial y sin las licencias correspondientes a cada tipo de actividad económica.

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Para UPTA, lo importante del documento es que limita la capacidad de competencia desleal

Por otra parte, también viene a clarificar el papel de las denominadas plataformas peer to peer. Estas plataformas no son simplemente ámbitos de contacto entre terceros, sino que intervienen en el negocio y condicionan la realización del mismo por lo que están sujetas a las normas sectoriales.

Para UPTA, lo importante del documento es que limita la capacidad de competencia desleal, poniendo coto a la acción de los particulares cuando realizan actividades que pueden considerarse empresariales.

En opinión de Eduardo Abad, Secretario General de UPTA, “la sentencia, si se confirma en estos términos, permite que toda actividad económica pueda hacer uso de las tecnologías más avanzadas sin que se creen diferencias entre los diversos tipos de profesionales, siendo todos iguales ante la Ley”.