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‘El precio mínimo tiene que ser inspeccionado por la administración, para que eso que es legal y correcto se cumpla’

A juicio de Villaescusa, con el fallo en contra de la empresa Cunext Copper se está creando jurisprudencia

martes 23 de septiembre de 2008, 01:00h

Fenadismer, a través de Usintra, su asociación en Córdoba, ha sido el demandante en el caso de los transportistas contra Cunext Copper. Consultado por este diario, Julio Villaescusa, presidente de la Federación, se ha mostrado satisfecho con una sentencia que "viene a dar un espaldarazo a nuestra posición", si bien reclama un rol más activo por parte de la Administración.

De esta manera, la primera de las demandas planteadas por las asociaciones territoriales de Fenadismer contra diferentes empresas cargadoras (fabricantes, distribuidores, operadores logísticos) ha sido resuelta afirmativamente (sentencia 111/08). Eso sí, la sentencia no impone sanciones, si bien condena de forma expresa a la empresa Cunext Copper por "la conducta de la demandada de imponer a los transportistas precios del transporte por debajo de coste" obligándola "a cesar en la mencionada conducta".

Consultado por NEXOTRANS, Julio Villaescusa, presidente de Fenadismer, ha explicado que, pese a que en el fallo se utiliza la palabra desleal y no ilegal, y a que no impone sanciones, éste marca un criterio claro: "Independientemente de la terminología que se utilice en la sentencia, no hay nadie que la lea a quien no le quede claro que ese es el precio que se debe aplicar, y que si ese precio además se exige en la junta arbitral o en los juzgados de instrucción, los jueces no tendrán más remedio que dictaminar que el precio mínimo que corresponde es el establecido en el Observatorio de Costes".

"La sentencia -prosigue- viene a corroborar que nuestra posición es correcta cuando decimos que existe un precio mínimo y que ese precio se debe cobrar, salvo que las partes hayan pactado, de mutuo acuerdo y en igualdad de condiciones, otra cosa distinta". Para Villaescusa queda claro que "por algo existe ese precio, independientemente de que a partir de ese precio el libre mercado, en función del beneficio industrial que cada empresa se marque, lo aplique o no".

‘La Administración tiene la obligación de proteger al más débil’

Eso sí, el presidente de Fenadismer no se muestra amigo de entusiasmos excesivos, ya que pese a manifestar su conformidad con el fallo, aclara que "otra cosa es que las empresas de transporte estén en condiciones, dada la situación de crisis y debilidad -por la posición del transportista ante el cargador o ante el intermediario o especulador de turno- de utilizar la vía jurídica". Es por ello que desde Fenadismer se pide un rol más activo por parte de la Administración, "que tiene que actuar de oficio para proteger esta posición legal que su propia normativa ha publicado, ya que tiene la obligación de proteger siempre, y mucho más, al más débil".

Finalmente, Villaescusa aclara que lo que aquí se está pidiendo no es proteccionismo ni intervención, sino "que algo que ya está se debe proteger, aunque cueste dinero; y esa forma de hacerlo, para la administración, es inspeccionar".