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El Defensor del Pueblo, contra la obligación de pasar dos veces la ITV

El Defensor del Pueblo, contra la obligación de pasar dos veces la ITV

miércoles 29 de julio de 2020, 07:00h

El Defensor del Pueblo da la razón a Fenadismer e insta a Industria a suprimir la Orden ‘trampa’ que recorta la vigencia de la revisión de la ITV para obligar a pasarla dos veces seguidas.

Con “enorme satisfacción” ha recibido Fenadismer la Resolución dictada por el Defensor del Pueblo en respuesta a la denuncia formal y solicitud de amparo interpuesta en su día por la Federación “contra la polémica Orden Ministerial” publicada el pasado mes de Mayo por la que estableció el calendario para que pudieran pasar la revisión los aproximadamente cuatro millones de vehículos afectados por el cierre de las estaciones de inspección técnica durante el estado de alarma.

Al pasar los vehículos la revisión se les pone en su ficha técnica, no la fecha del día que acuden a la ITV, sino la de la fecha en que les caducó

La Orden aprobada por el Ministerio de Industria planteó un calendario flexible para poder pasar la revisión técnica en los próximos meses a todos los vehículos afectados por el cierre de las estaciones de ITV durante el estado de alarma, a fin de evitar un previsible colapso. Sin embargo, la misma Orden “incluyó una trampa”, a juicio de Fenadismer, por la cual, contraviniendo el Real Decreto que regula la inspección técnica de vehículos en España, al pasar los vehículos la revisión se les pone en su ficha técnica, no la fecha del día que acuden a la ITV, sino la de la fecha en que les caducó durante el estado de alarma, recortando de modo sustancial la vigencia periódica para pasar la siguiente.

A juicio de la Federación, “esta aberración resulta absolutamente injustificable al no haber ningún motivo técnico o de seguridad que obligue a incumplir el Real Decreto y la Directiva europea que lo regula, más aun cuando por las restricciones en materia de movilidad por el estado de alarma el tráfico de vehículos se redujo hasta un 90%”.

Por otro lado, esta “sorprendente” regulación origina “como consecuencia perversa y aberrante que cientos de miles de vehículos dedicados al transporte de mercancías y de viajeros, que por tener una determinada edad han de pasar la ITV cada seis meses, con la regulación establecida en la Orden del Ministerio de Sanidad, tendrán que pasar dos veces seguidas la ITV en apenas unos días. En concreto, y conforme a los datos estadísticos publicados por la Dirección General de Tráfico, una cuarta parte de los vehículos afectados, en concreto un millón de vehículos de transporte (camiones, autobuses, furgonetas, taxis y ambulancias) tendrán que acudir a pasar dos revisiones seguidas con apenas días de diferencia”.

Medida ‘artificial’

Por ello, el Defensor del Pueblo considera que el Ministerio de Industria con la medida aprobada de descontar el período de prórroga “está acortando de manera artificial la duración de las ITV, produciendo el efecto de obligar a los particulares a realizar la siguiente inspección antes de lo previsto”, lo que a juicio de dicha Institución, afecta al principio legal de reducción de cargas de los administrados. De hecho, a su entender “carece de sentido acortar artificialmente la vida de la última ITV obligando al propietario del vehículo a realizar dos inspecciones seguidas en un corto lapso de tiempo que, en los casos más extremos (como el de los vehículos sujetos a inspección semestral) puede ser solo de unos pocos días”. Ello generaría un coste y una carga administrativa para los propietarios de los vehículos afectados sin que esa Administración haya puesto de manifiesto que concurran razones imperiosas de interés general que justifiquen el recorte de la vida legal de las ITV”.

Para Fenadismer, esta actuación del Ministerio de Industria solo pretende “garantizar el negocio perdido durante el estado de alarma a las estaciones de ITV, que recordemos en su mayoría se tratan de empresas públicas o en régimen concesional”.

Así, el Defensor del Pueblo afirma en su Resolución que tal ha sido el propósito perseguido por el Ministerio de Industria, al señalar que su actuación “no persigue otro objetivo que el de favorecer la recuperación económica de las estaciones de ITV, y lo cierto es que ello ha sido reconocido por esa Administración” para añadir a continuación que, si bien “es loable el objetivo de asegurar la supervivencia económica de las estaciones de ITV, sector económico que (al igual que otros muchos) se ha visto afectado por el cierre de su actividad como consecuencia de la crisis sanitaria desatada por el Covid-19. Ahora bien, ese objetivo de interés general puede alcanzarse por otras vías, sin imponer cargas a los particulares sin efecto apreciable para el interés general”.

Por todo ello, la Resolución del Defensor del Pueblo concluye instando al Ministerio de Industria a que suprima dicha regulación legal, a fin de “determinar el plazo de validez de las Inspecciones Técnicas de Vehículos (ITV) que hayan sido objeto de prórroga a partir de la inspección realizada, sin descontar el período de prórroga”.