Las empresas deberán designar un representante para responder ante las autoridades laborales
En respuesta a dicha demanda, y para controlar las condiciones laborales de los asalariados por empresas de terceros países que operen en España, el Gobierno ha aprobado en Consejo de Ministros el Real Decreto-Ley 9/2017, de 26 de Mayo por el que transpone al Ordenamiento español la Directiva europea sobre desplazamiento de los trabajadores. Establece así una serie de cumplimientos similares a los exigidos para los trabajadores desplazados en los países de nuestro entorno (Alemania, Francia, Austria, Bélgica, Holanda, Italia…).
A partir de ahora, la empresa extranjera deberá notificar a la autoridad laboral española la realización de dicho servicio, independientemente de su duración, mediante una comunicación de desplazamiento con todos los datos que permitan identificar el servicio a realizar. Además, tendrá que designar un representante en España para responder ante las autoridades laborales de cualquier incumplimiento de la normativa.
Esta nueva regulación faculta a las autoridades españolas a controlar si la empresa extranjera que pretende realizar servicios en nuestro país se trata de una empresa deslocalizada (empresa buzón), sin actividad real en el Estado miembro donde se encuentra residenciada.
Actitud insolidaria y poco patriótica
Fenadismer recuerda que esta actitud de las empresas, hasta hace poco permitida por el Ejecutivo, ha ocasionado un impacto muy negativo para el tejido empresarial. Una actuación que tacha de “insolidaria y poco patriótica”. Además, recuerda que también perjudica a las arcas públicas, por la no tributación de sus actividades en nuestro país y la destrucción de empleo.