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Entra en vigor la nueva Ley de Morosidad

Entra en vigor la nueva Ley de Morosidad

miércoles 22 de diciembre de 2021, 07:00h

La nueva Ley de Morosidad fue anunciada por el Gobierno español, con el fin de hacer efectiva la modificación de la Ley de Ordenación del Transporte Terrestre (LOTT). Unas normas que contendrá diversas sanciones para las empresas que no realicen el pago en un plazo máximo de 60 días desde la prestación de un servicio de transporte.

Según el último Observatorio de Morosidad llevado a cabo por la Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (Fenadismer), los plazos de pago en España se sitúan en una media de 81 días. Además, el 65% de las empresas acreedoras superaron la mencionada barrera de los 60 días, yéndose incluso por encima de los seis meses en un 24% de los casos.

Nueva normativa

Con la nueva Ley, si supera el plazo de los 60 días, se considerará como una infracción muy grave que supondrá importes superiores a 3.000 euros e infracción grave, en caso de que el importe sea igual o inferior a esta cantidad.

Las multas irán desde los 401€ hasta los 30.000€. Cantidades que pueden ir aumentado en caso de reincidencia en los últimos 12 meses por parte del infractor o de que se haya superado en más de 120 días el plazo máximo legal de 60 días, lo su pondría una sanción de unos 30.000€.

Pérdida de la honorabilidad

Además, desde la asesoría exponen las consecuencias de la pérdida a la honorabilidad, lo que supondría una inhabilitación del gestor de la empresa, incluso la revocación de la autorización de transporte de las que la empresa sea titular durante un periodo mínimo de un año.

Las sanciones por incumplimiento del plazo de pago podrían esquivarse mediante un acuerdo entre las partes, como se recoge en el Código Civil y la Ley 15/2009.

Aplicación

La Asociación de Transporte Internacional por Carrera (Astic) también ha expuesto algunas dudas sobre la nueva normativa, entre las que se encuentra, el importe de las sanciones, porque aunque el abanico es muy amplio, queda un vacío para aquellas sanciones que oscilan entre los 1500 y los 1501 euros, 3000 y 3001 euros o 4000 y 4001 euros.

Además, de poner en duda la precisión en la definición, en el momento en el que se comienza a contar los días que estipularían el plazo de pago.

Y también, ha manifestado que la ley tampoco especifica si las multas se aplicaran por factura o servicio, o bien por un conjunto de los retrasos de un deudor a un mismo acreedor, aunque las elevadas cifras de las sanciones hacen pensar más bien en esto último.

Por otro lado, Ramón Valdivia, presidente de Astic, también ha querido señalar qué sucedería si el caso de el pagador fuera una empresa extranjera, “aunque el contrato de transporte en muchos casos estaría sujeto a la legislación española es muy poco probable que la Inspección del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana lograse hacer efectivas sanciones sobre entidades radicadas fuera de España”.

La nueva Ley de Morosidad española puede generar grandes precedentes en cuanto al transporte de mercancías nacional como internacional. No obstante, Wtransnet ofrece un servicio de anticipo de facturas ‘FastPayment’, que disminuye el tiempo de espera de los cobros.