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Aprobadas las medidas para paliar el aumento del coste de la energía
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Aprobadas las medidas para paliar el aumento del coste de la energía

El pasado 30 de marzo se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo; en él se recogen medidas de carácter urgente bajo el marco del Plan Nacional ante las consecuencias que ha provocado el conflicto bélico ucraniano.

jueves 07 de abril de 2022, 07:00h

Las medidas que se adoptan en el marco del Plan Nacional son una respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, que recoge el anunciado Plan de Choque de Respuesta a la Guerra por parte del Gobierno, así como los acuerdos alcanzado por el Comité Nacional de Transporte por Carretera (CNTC) del pasado día 25 de marzo.

Confebus informa de los aspectos que regula este nuevo decreto: régimen de compatibilidad, ayudas al abandono de la profesión, ampliaciones de carencias y modificaciones en los Créditos ICO, así como la modificación del Código de Buenas Prácticas para la renegociación de los ICO. A continuación detallamos algunas de las medidas para el transporte de viajeros por carretera.

Una solución a las consecuencias socioeconómicas

  • Bonificación de los carburantes:

    Se ha aprobado un incentivo provisional inusual para los precios minoristas de los siguientes productos energéticos y aditivos adquiridos entre el 1 de abril y el 30 de junio de 2022:
    - Gasolina G95E5; G95E10; G95E5+, G98E5 y G98E10
    - Motor diesel convencional o “Diesel A” (GOA) y Motor Diesel Mejorado o “Diesel A+” (GOA+)
    - Diesel B (GOB)
    - Motor Diesel Marino (MGO)
    - GLP (gas licuado de petróleo para propulsión de vehículos)
    - GNC (gas natural licuado comprimido para propulsión de vehículos)
    - GNL (gas natural licuado para propulsión de vehículos); h) bioalcohol
    - Biodiesel
    - Mezclas de gasolina y bioalcohol o diesel y biodiesel requieren etiquetado específico, y el concodio como AdBlue.

    El importe de la bonificación es de 0,20 EUR por litro o kilogramo (GNC y GLP) a precio de venta al público, con una bonificación de 0,15 EUR y una bonificación de 0,05 EUR, correspondiente una prestación patrimonial de carácter público no tributario temporal a realizar por los por los operadores al por mayor de productos petrolíferos.

  • Ayudas directas:

    En este sentido, se estableció un Programa de Ayudas Directas, correspondiente al ejercicio 2022, para prestar ayudas económicas a empresas privadas y autónomos que operen bajo una serie de CNAE, así como a titulares de permisos de circulación, incluida la emisión de VDE , de los que este caso respalda 950 EUR por número de vehículo expedido para esta licencia, a partir del 29 de marzo de 2022, inscrito en el Registro de Empresas y Actividades de Transporte, hasta 400.000 EUR.

    El plazo de solicitud de esta subvención ya se encuentra activo en la Sede Electrónica de la Administración Estatal de Tributos, que se podrá cumplimentar mediante la cumplimentación de un formulario electrónico facilitado por la AEAT y en el que deberá constar la cuenta bancaria de los bienes a abonar. La fecha límite de solicitud es el 30 de abril de 2022 y las solicitudes pueden rechazarse si no se han pagado las tarifas un mes después del cierre del período de solicitud. Frente a este supuesto despido, podrán interponerse recursos de reconsideración y acciones económicas administrativas.

  • Aplazamiento de cuotas:

    Se permite proponer esta medida a las empresas cuyos trabajadores que realicen actividades en el ámbito del transporte urbano, y se encuentren en alta en el Régimen General de la Seguridad Social y los trabajadores incluidos en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, que desarrollen su actividad en el transporte por carretera; siempre y cuando el solicitante esté al día sus obligaciones con la Seguridad Social y no haya más retrasos en vigor. Las empresas acumularán entre abril de 2022 y julio de 2022, y los autónomos acumularán entre mayo de 2022 y agosto de 2022.

  • Prohibición de despedir:

    Se prohibirá el despido para las empresas beneficiarias de las ayudas directas previstas o que se acojan a las medidas de reducción de jornada o suspensión de contratos reguladas en el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores por causas relacionadas con la invasión de Ucrania y que se beneficien de apoyo público hasta el 30 de junio de 2022, o de lo contrario el incumplimiento de esta obligación conllevará el reintegro de la ayuda recibida.

  • Devolución del gasóleo profesional:

    Desde Confebus informan que para la devolución mensual del gasóleo profesional (antes trimestral) será necesario realizar una solicitud remitida por correo certificado en soporte papel, en la que se incluya copias de las facturas de adquisición del gasóleo por el que solicitan la devolución. El plazo de presentación de estas solicitudes será el mes natural siguiente a la finalización del mes sobre el que se solicita la devolución.