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Publicadas las condiciones de las ayudas a las CCAA, para rebajar los abonos un 50%

Publicadas las condiciones de las ayudas a las CCAA, para rebajar los abonos un 50%

Las comunidades autónomas y entidades locales deberán financiar el descuento de al menos el 20% con cargo a sus propios fondos

martes 24 de enero de 2023, 07:00h

El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma) ha publicado hoy en la sede electrónica la Orden Ministerial (OM) que recoge el detalle de la metodología para distribuir las ayudas directas a las comunidades autónomas y entidades locales que rebajen al menos un 50% el precio de los abonos y títulos multiviaje de transporte público colectivo de su competencia en 2023. El Gobierno aportará apoyo financiero de hasta el 30% a las comunidades autónomas y entidades locales que establezcan este descuento mínimo durante seis meses, debiendo financiar las comunidades autónomas y entidades locales, con cargo a sus propios presupuestos, el descuento de al menos el 20% en el precio de los abonos y títulos multiviaje, excluido el billete de ida y vuelta, tal y como se en el Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre.

Y es que la regulación recoge mecanismos de flexibilidad para la aplicación de la medida, como la posibilidad de que, si la implantación efectiva se produce entre el 1 de enero y el 1 de febrero de 2023, se pueda habilitar un procedimiento para devolver o compensar las cantidades correspondientes por la compra de títulos multiviaje, excluido el billete de ida y vuelta, que no hubieran podido beneficiarse de la reducción.

El Gobierno aportará apoyo financiero de hasta el 30%

Por ejemplo, la administración podrá añadir al final del periodo (a partir de julio) el mismo número de días o semanas que no hayan tenido una bonificación del 50% en enero. Es decir, las autoridades locales y autonómicas deben comunicar a Mitma qué tipo de títulos para viajeros habituales no se van a registrar descuentos del 50% y adjuntar una declaración responsable del porcentaje estimado de la facturación que supondrá su venta respecto del total de ingresos procedentes de la venta de billetes de sus servicios de transportes en el año 2023.

Las comunidades autónomas y entidades locales deberán enviar al Mitma, junto a la solicitud de ayuda, el compromiso de la implantación de los descuentos, la fecha en la que los han implantado, que no debe ser posterior al 1 de febrero, y si han establecido algún mecanismo de compensación, como la devolución del dinero para los días de enero en los que no se han aplicado los descuentos de manera efectiva o la extensión de la medida a lo largo. Por ejemplo, la administración podrá añadir al final del periodo (a partir del 30 de junio) el mismo número de días o semanas que no hayan tenido una bonificación del 50% en enero. Unas medidas que, en el caso de los servicios ferroviarios, que entraron en vigor el pasado 1 de enero, ya están reeditando el éxito del año pasado, ya que, por ejemplo, en menos de 15 días se han emitido más de un millón de abonos gratuitos.