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Bruselas quiere modificar la directiva de la fiscalidad del ahorro para combatir la evasión de impuestos

lunes 17 de noviembre de 2008, 01:00h

La CE ha presentado una propuesta de modificación de la directiva, vigente desde 2005, que regula los impuestos sobre los ahorros. El objetivo es cubrir las lagunas de la normativa, que han facilitado la evasión fiscal. Para ello, aboga por que extender su campo de aplicación a los productos financieros innovadores y a todos los fondos de inversión, entre otras medidas.

La directiva del ahorro, en su redacción actual, obliga desde 2005 a los organismos pagadores, como los bancos, a que declaren los intereses percibidos por los contribuyentes residentes en otros Estados miembros, o a que recauden un impuesto sobre el interés recibido. Con ello se pretende fomentar el intercambio automático de información entre los países de la UE con el fin de que puedan aplicar sus disposiciones fiscales al pago de intereses que las personas físicas establecidas en su territorio reciben de cuentas y depósitos en entidades localizadas en otros Estados miembros. Según la Comisión, aunque esta normativa ha funcionado bien, resulta relativamente fácil para las personas físicas burlarla, recurriendo a fundaciones y otras construcciones jurídicas cuyos beneficios no se fiscalizan.

Para acabar con estas disfunciones, el Ejecutivo comunitario apuesta por que los agentes de pago establecidos en la Unión Europea (pero que actúan en representación de ciertas estructuras intermedias localizadas en terceros países, y que saben que el beneficiario del pago de intereses de estas sociedades interpuestas es una persona física que reside en la UE) apliquen las disposiciones de la directiva -es decir, el intercambio de información o el cobro de impuestos- en el momento del pago a la estructura intermedia, como si el pago fuera a efectuarse directamente a la persona física concernida. Esto pretende evitar que los ciudadanos evadan los impuestos recurriendo a entidades establecidas fuera del territorio comunitario. En lo que respecta al pago de intereses a ciertas estructuras intermedias establecidas en la UE, como algunas fundaciones con fines no caritativos, éstas deberán aplicar las disposiciones de la directiva cuando reciban el pago de intereses.