El Consejo adoptó una revisión de las normas de tiempos de conducción y descanso en el transporte discrecional de viajeros. Se permitirá mayor flexibilidad en pausas y descansos para conductores profesionales de autobuses turísticos. No se modificarán los tiempos máximos de conducción ni los periodos mínimos de descanso. Se podrán aplazar los periodos de descanso semanal y diario en ciertas condiciones. Se introducirá una norma para dividir el descanso de 45 minutos en dos descansos más cortos. Se implementará una hoja de ruta digital para controlar su aplicación. La Comisión Europea propondrá modificaciones adicionales.
El pasado viernes, 12 de abril, el Consejo adoptó una revisión de las normas de 2006 sobre tiempos de conducción y períodos de descanso en el sector del transporte discrecional de viajeros. Esta medida tiene como objetivo mejorar la seguridad vial y las condiciones de trabajo de los conductores que prestan servicios discrecionales de autobuses en Europa.
Confebús lo valora positivamente
"Se logró un acuerdo tan rápido con el Parlamento sobre este importante expediente y estamos orgullosos de ello. Las mejores condiciones laborales para los conductores de autobuses y los mejores servicios para los viajes turísticos en toda Europa serán garantizados por las nuevas normas sobre pausas y descansos mínimos", afirma Georges Gilkinet, ministro belga de Movilidad.
Se introducen modificaciones específicas en el Reglamento CE nº 561/2006 para permitir una mayor flexibilidad bien definida, a modo de excepción y a discreción del conductor, en las disposiciones sobre pausas y períodos de descanso para los conductores profesionales que realizan transporte discrecional de pasajeros, como autobuses turísticos. Esto se logra mediante la revisión de la legislación. Adaptar mejor este Sector a su ritmo específico de trabajo y garantizar un mejor servicio a los pasajeros es el objetivo de la ley revisada. Sin embargo, los tiempos máximos de conducción y los periodos mínimos de descanso de los conductores profesionales en cuestión no sufren ninguna modificación.
Dividir descansos
Tras un periodo de descanso semanal normal previo en servicios discrecionales, tanto internacionales como nacionales, la nueva norma permitirá aplazar el periodo de descanso semanal hasta doce días consecutivos en el transporte discrecional en autobús. Además, para viajes superiores a 6 días, se podrá posponer el descanso diario 1 hora, lo que permitirá a los conductores tomar una vez el período de descanso diario dentro de un máximo de 25 horas después de finalizar el período de descanso diario o semanal anterior, siempre y cuando el tiempo total de conducción acumulado para ese día no haya superado las 7 horas. Si el viaje dura más de 8 días, esta excepción se podrá utilizar dos veces.
Se introducirá una norma que permitirá dividir el descanso de 45 minutos en dos descansos de al menos 15 minutos cada uno a lo largo de un período de conducción de 4,5 horas. Además, se implementará una hoja de ruta digital para controlar su aplicación. La Comisión Europea propondrá modificaciones del Reglamento 165/2014 en un plazo de 18 meses desde la entrada en vigor, con el objetivo de distinguir en el tacógrafo entre transporte discrecional y regular de viajeros.