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Confebus valora como 'positivos' los nuevos cambios aprobados para el Sector

Confebus valora como 'positivos' los nuevos cambios aprobados para el Sector

Esta iniciativa que la Confederación venía promoviendo desde hacía tiempo

miércoles 17 de abril de 2024, 07:00h
El pasado viernes, 12 de abril, el Consejo adoptó una revisión de las normas de 2006 sobre tiempos de conducción y períodos de descanso en el sector del transporte discrecional de viajeros. Esta medida tiene como objetivo mejorar la seguridad vial y las condiciones de trabajo de los conductores que prestan servicios discrecionales de autobuses en Europa

Confebus considera que los cambios introducidos son positivos para la actividad del sector, pues sirven para introducir flexibilidad en la norma y ayudan al conductor y a la empresa a prestar servicios más ajustados a las necesidades de los clientes.

Es importante que las instituciones de la UE hayan entendido que eran necesarias unas reglas que reflejasen mejor la naturaleza de los servicios discrecionales de autobús. En este sentido, la Confederación venía promoviendo desde hace tiempo esta iniciativa desde hacía tiempo. Ya en el resultado de la aprobación del Paquete de Movilidad I se acordó que la Comisión Europea se comprometería a estudiar la flexibilidad de las normas de tiempos de conducción para el transporte discrecional, y en Confebus se trabajó para que ese compromiso se tradujese en cambios normativos.

Esta iniciativa que la Confederación venía promoviendo desde hacía tiempo. Ya en el resultado de la aprobación del Paquete de Movilidad I se acordó que la Comisión Europea se comprometería a estudiar la flexibilidad de las normas de tiempos de conducción para el transporte discrecional, y en Confebus se ha trabajado para que ese compromiso se tradujese en cambios normativos.

La nueva norma, específica para el transporte discrecional en autobús, permitirá aplazar el periodo de descanso semanal hasta doce días consecutivos tras un periodo de descanso semanal normal previo en servicios discrecionales, tanto internacionales como nacionales. Igualmente, permitirá posponer el descanso diario 1 hora para viajes superiores a 6 días, permitiendo así que los conductores puedan tomar una vez el período de descanso diario dentro de un máximo de 25 horas después de finalizar el período de descanso diario o semanal anterior y siempre que el tiempo total de conducción acumulado para ese día no haya superado las 7 horas. Esta excepción se podrá utilizar dos veces si el viaje dura más de 8 días.

Además, la norma permitirá flexibilidad para dividir el descanso de 45 minutos, permitiendo dos descansos de al menos 15 minutos cada uno distribuidas a lo largo del período de conducción de 4,5 horas. Para controlar la aplicación, se introducirá una hoja de ruta digital y la Comisión Europea propondrá (en el plazo de 18 meses desde la entrada en vigor) modificaciones del Reglamento 165/2014 para distinguir en el tacógrafo entre transporte de viajeros discrecional y regular.