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El BOE publica las condiciones para que las familias numerosas acumulen descuentos en los autobuses

martes 02 de diciembre de 2008, 01:00h

El BOE del día de ayer publicó el Real Decreto 1918/2008, de 21 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 1621/2005, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección a las familias numerosas según informa Asintra.

El citado Real Decreto modifica el artículo 10 del Reglamento de familias numerosas de acuerdo con lo establecido por la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, por la que se anula la imposibilidad de acumular descuentos en materia de transporte por carretera y ferrocarril, quedando el citado artículo como sigue: "Los miembros de familias numerosas que tengan reconocida esta condición y lo acrediten oficialmente tendrán derecho a reducciones en los precios de los servicios regulares permanentes de uso general de transporte de viajeros por carretera. Las reducciones serán del 20 y 50%, según se trate de familias de las categoría general o especial". Este Real Decreto entra en vigor hoy. Así, las familias podrán exigir que se les sume, al de familia numerosa, otros descuentos como el 20% que tienen los billetes de ida y vuelta. Como se ha venido solicitando por parte del Sector, estos descuentos que las empresas de transporte están obligadas a realizar, deberían estar cubiertas por las diferentes administraciones competentes, tal y como solicita Asintra.