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El Supremo respalda a Conway sobre el monopolio histórico de Altadis y Logista en la distribución de tabaco

La sentencia abre un nuevo escenario y pide que sea la CNC quien declare si aún se mantiene el monopolio

viernes 20 de marzo de 2009, 01:00h

El Tribunal Supremo ha confirmado íntegramente la resolución del Tribunal de Defensa de la Competencia de 2002, que denunciaba la situación de monopolio de Altadis y le imponía una multa de tres millones de euros y 600 euros diarios por cada día de incumplimiento de dicha resolución.

Conway obtiene así un nuevo respaldo judicial para competir libremente en el mercado de distribución mayorista de tabaco y, al mismo tiempo, para solicitar daños y perjuicios causados por la conducta abusiva de posición de dominio de Altadis.

El Tribunal Supremo ha rechazado—en sentencia de 3 de marzo de 2009—  el recurso contencioso administrativo de Altadis contra la resolución del Tribunal de Defensa de la Competencia de 24 de abril de 2002 y ha confirmado de forma íntegra dicha resolución en la que se instaba a Altadis a cesar en su "conducta abusiva de posición de dominio prohibida por el artículo 6 de la Ley de Defensa de la Competencia". Igualmente, dicha resolución imponía a la compañía que operaba en régimen de monopolio una multa sancionadora de tres millones de euros y una multa coercitiva de 600 euros por cada día de retraso en el cumplimiento de dicha resolución.

Vía para reclamar daños y perjuicios

Las sentencias del Tribunal Supremo abren definitivamente la vía a Conway para reclamar el pleno cumplimiento de la resolución del Tribunal de Defensa de la Competencia y solicitar las debidas indemnizaciones por los daños y perjuicios ocasionados por el "comportamiento obstruccionista efectuado con el fin de que una empresa de distribución mayorista no pueda desarrollar su actividad en condiciones no discriminatorias", según recoge la sentencia de 3 de marzo de 2009.

La vía indemnizatoria podrá ser emprendida ya por Conway, como actuación inmediata, para todo el período de tiempo transcurrido desde su primera denuncia en 1996 hasta el año 2002, cuando el Tribunal de Defensa de la Competencia declara la conducta abusiva de posición de dominio por parte de Altadis mediante la resolución que ha sido confirmada ahora por el Tribunal Supremo. A partir de dicha fecha de 2002, será ahora la Comisión Nacional de Competencia la que deberá pronunciarse si se mantiene o no la situación de monopolio.

Conway sostiene que existe todavía una posición de dominio casi absoluta por parte de Altadis en la distribución mayorista de tabaco a los estancos a través de su filial Logista. La resolución del Tribunal de Defensa de la Competencia de 2002 nunca ha sido cumplida por parte de Altadis, que se ha  negado sistemáticamente a que Conway distribuya ninguno de sus productos  —a pesar de los múltiples intentos negociadores por parte de Conway y de las distintas ofertas presentadas— y ha emprendido una larga batalla de recursos judiciales que ha durado 12 años.