Según ha informado el Ministerio, estas ayudas se contemplan en un acuerdo firmado entre el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) y siete empresas del sector integradas en la Asociación Española de Renting (AER). Las empresas firmantes se comprometen a llevar a cabo inversiones en este tipo de vehículos por valor superior a 37 millones de euros bajo el amparo del Programa de Proyectos Estratégicos del IDAE.
Asimismo, las empresas de Renting trasladarán íntegramente las ayudas del IDAE a los clientes que hayan formalizado operaciones mediante esta fórmula y que utilicen tecnologías más eficientes, ya sean híbridos, de gas, eléctricos o de hidrógeno.
El IDAE ha fijado cuantías que corresponderán a cada tecnología, según la siguiente categorización:
- Híbrido Tipo I 2.300 euros.
- Híbrido tipo II 1.800 euros.
- Gas Natural Comprimido (GNC) 1.200 euros.
- Gas Licuado del Petróleo (GLP) 1.200 euros.
- Eléctricos 7.000 euros.
- Híbridos enchufables 7.000 euros.
- Hidrógeno 7.000 euros.
Las ayudas cuentan con el límite superior del 15% del coste de adquisición del vehículo. Las compañías de alquiler que han firmado este acuerdo han presentado un plan de inversiones y ayudas, que ha tenido que ser certificado por una entidad independiente acreditada por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC). Certificados estos planes, se han remitido al IDAE, cuyo Comité Técnico Evaluador ha tenido que estudiar, analizar y decidir dentro del conjunto de proyectos presentados.
Las compañías de Renting han tenido que aportar un aval bancario como compromiso de que estas inversiones van a llevarse a cabo en el periodo considerado, pues, en caso contrario, los fondos que el IDAE ha reservado para estos fines podrían destinarse a otros proyectos.
Tipos de vehículos
La tipología de los vehículos acogidos al acuerdo son las siguientes:
- El híbrido Tipo I es aquel vehículo con capacidad de tracción única eléctrica mediante accionamiento específico y voluntario por el conductor y emisiones menores de 140 g/km de CO2, para 2008, reduciéndose en 10 g/km. cada año consecutivo.
- El híbrido Tipo II es el vehículo sin capacidad de tracción única eléctrica de forma voluntaria por el conductor y emisiones menores de 140 g/km, para 2008, reduciéndose en 10 g/km cada año consecutivo.
- Los vehículos impulsados por GNC o GLP con emisiones inferiores a 170 g/km, en 2008, reduciéndose en 10 g/km cada año.
- En los eléctricos se encuadran los vehículos sin autorrecarga interna (BEV: Battery Electric Vehicle).
- Los enchufables a la red son vehículos con posibilidad de autorrecarga interna y con autonomía mínima en modo eléctrico de 48 kilómetros.
- Están excluidos los vehículos de hidrógeno con motor de combustión.