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Los tiempos de conducción y el tacógrafo ya están aprobados para las islas de más de 250 km2 de superficie

Se incrementará la seguridad vial en Menorca, Ibiza, El Hierro, La Gomera, La Palma y Lanzarote

martes 14 de julio de 2009, 01:00h

Mediante un Real Decreto que extiende la normativa sobre tiempos de conducción y descanso, y uso del tacógrafo, a las islas de más de 250 km2 de superficie, el gobierno pretende incrementar la seguridad vial en el transporte insular por carretera. La normativa entrará en vigor el 1 de enero de 2010.

El Real Decreto fue aprobado el pasado 10 de julio por el Consejo de Ministros, a propuesta de los ministerios de Fomento, Interior, Trabajo e Inmigración e Industria, Turismo y Comercio. Así, se modifica la actual excepción en materia de tiempos de conducción y descanso, y uso del tacógrafo en el transporte por carretera en lo relativo a las vías insulares, recogida en el RD 640/2007.

A partir de 250 km2

La modificación se aplica a aquellas islas cuya superficie sea mayor a 250 km2 e inferior a 1.500 km2, al extender en ellas la obligación de instalación y uso del tacógrafo en el transporte por carretera que ya rige para las islas de superficie superior 1.500 km2: Mallorca, Gran Canaria, Tenerife y Fuerteventura.

A partir de 2010 estarán asimismo obligados por estas normas sobre control de los tiempos de conducción y descanso los transportes realizados en Menorca, Ibiza, El Hierro, La Gomera, La Palma y Lanzarote.

La nueva normativa implica un incremento de la seguridad de estos transportes, aseguran desde el Ministerio de Fomento, ya que el tacógrafo no sólo afecta al control de los tiempos de conducción y descanso de los conductores, sino también al de la velocidad de los vehículos.