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El Gobierno da luz verde definitiva a la reforma de la Ley de Tráfico, que entrará en vigor en seis meses

Se reduce las faltas que quitan puntos del carnét, pero por contra aumentan las cuantías económicas

miércoles 02 de diciembre de 2009, 01:00h

La semana pasada se publicó en el BOE la Ley 18/2009, de 23 de noviembre, por la que se modifica el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, en materia sancionadora.

Los objetivos de la nueva Ley, según informa Asintra en su Semanal Digital, son minimizar el tiempo que transcurre entre la infracción y la sanción con el fin de dotar al procedimiento de un carácter pedagógico y eficaz; evitar la impunidad de algunos conductores infractores, sobre todo en el ámbito municipal, ya que de los 15 millones de expedientes sancionadores que se inician al año en España, más de 11 millones corresponden a Ayuntamientos, y facilitar el acceso electrónico de los ciudadanos en lo que a materia de tráfico y sanciones se refiere.

La entrada en vigor de la nueva ley es, en su mayoría, a los seis meses de su publicación en el BOE a excepción de los artículos referidos al conductor habitual y al Tablón Edictal, cuya aplicación legal será en el plazo de un año. Además, teniendo en cuenta que la nueva norma recoge modificaciones que favorecen a conductores infractores contra los que se instruyen expedientes, la entrada en vigor de dichos artículos será al día siguiente de su publicación en el BOE.

No hay suspensión temporal

Así han adquirido eficacia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial lo referido a la suspensión temporal del permiso de conducción. Ahora, se suprime la suspensión temporal, de modo que solamente se retirará el permiso de conducción cuando se agote el saldo de puntos. El año pasado se realizaron más de 100.000 suspensiones de permisos de conducción, que supusieron más de 150.000 meses en los que a los ciudadanos se les privó del permiso de conducción.

Con la nueva ley, las infracciones leves serán sancionadas con multa de hasta 100 euros; graves con multa de 200 euros; y las muy graves con multa de 500 euros, excepto las infracciones referidas a no respetar los límites de velocidad que se sancionarán en la cuantía prevista en el Anexo IV de dicha Ley. También se incluyen infracciones nuevas como la de "programar el navegador conduciendo" o la de que el titular de un vehículo permita que sea conducido por alguien que nunca ha obtenido permiso de conducción.