En consecuencia, en aplicación de lo previsto en la legislación vigente (Orden FOM/2184/2008, de 23 de julio) que establece la repercusión de la mencionada variación sobre el precio del transporte y conforme a los compromisos adquiridos el mes de junio del pasado año en la mesa de negociación formada por todos los representantes de los operadores portuarios, desde el pasado 1 de enero los transportistas de contenedores, en el ámbito del Puerto de Valencia, mantienen el mismo valor del recargo/canon por combustible que venía aplicándose durante el trimestre anterior (2,4%), como consecuencia de la evolución del precio del gasóleo durante el último periodo de revisión: septiembre, octubre y noviembre de 2009.
La repercusión de este recargo resulta fundamental para el Sector y está amparada por la normativa en vigor, siendo decisiva su aplicación, en la misma medida en que lo hacen los operadores del transporte marítimo o del aeroportuario, para tratar de garantizar que las variaciones del precio del combustible, ajenas al control del transportista, no incidan en los resultados de la actividad y se repercutan automáticamente, al alza o a la baja.
Sin variación hasta abril
La siguiente revisión trimestral queda prevista para el día 1 de abril de 2010, y tendrá en cuenta la evolución del precio medio del gasóleo que se produzca durante los meses de diciembre de 2009, enero y febrero de 2010.