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Aecoc transmite a sus asociados una serie de recomendaciones para seguir los acuerdos del 19-A

Los cargadores desean poner las bases ‘que nos permitan avanzar en la línea deseada’ de beneficio al Sector

miércoles 06 de julio de 2011, 01:00h

Tras la firma, el pasado 19 de abril, de un acuerdo entre cargadores y transportistas que "permita impulsar en nuestro país un transporte de mercancías de calidad que beneficie a todos y, por supuesto, al consumidor final, desde Aecoc deseamos realizar una serie de recomendaciones que nos permitan avanzar en la línea deseada".

En este sentido, la organización de cargadores desea recordar que "en esa misma dirección iban encaminadas las soluciones del ‘Código de buenas prácticas mercantiles en la contratación de transporte de mercancías por carretera’ en cuya elaboración participaron, hace ya 11 años, el Comité Nacional de Transporte por Carretera y las asociaciones de Cargadores Aeutransmer, Transprime y Aecoc y sobre el cual, sin duda, cabía seguir avanzando hoy en día, más aún debido a la coyuntura actual donde los principios y buenas prácticas son más necesarios que nunca para poder mantener una estructura de servicio de transporte consolidada y eficiente".

Un claro avance, que contempla algunos de los puntos fundamentales de éstas buenas prácticas, así como el trabajo hecho desde entonces a través de varios acuerdos firmados entre cargadores y transportistas, es la Ley de Contrato de Transporte 15/2009, que establece un marco de relación que conviene impulsar y que además es de obligado cumplimiento.

Recomendaciones

Como representantes de cerca de 25.000 empresas cuya facturación supone el 20% del PIB
nacional, Aecoc reúne a un colectivo de claro peso a la hora de conseguir la buena marcha de nuestro transporte de mercancías. Un colectivo al que, desde la Asociación, se quieren hacer llegar las siguientes recomendaciones:
- La conveniencia de firmar contratos entre las partes para favorecer acuerdos estables y duraderos que contribuyan a la mejora de la calidad del transporte.
- Cumplir con la legislación vigente y realizar los pagos por los servicios de transporte en los plazos máximos establecidos en la Ley de Contrato de Transporte 15/2009 y la Ley de Morosidad 15/2010 y 3/2004. Se recomienda asimismo que en los contratos se haga referencia a lo establecido en la Ley de Morosidad 15/2010 y 3/2004 en lo relativo a los costes de demora y gestión de cobro en caso de retraso en el pago.
- Que se valore la posibilidad de realizar voluntariamente la novación de contratos anteriores a la Ley de Contrato de Transporte 15/2009 y como consecuencia de su adaptación a los plazos de pago vigentes.
- Recordar la obligación del cumplimiento del artículo 38 de la Ley 15/2009 de Contrato de Transporte de mercancías, sobre las cláusulas de revisión del precio del transporte por carretera en función de la variación del precio del gasóleo.
- Con el objetivo de dar una mayor claridad de las condiciones acordadas, y teniendo en cuenta el carácter subsidiario de la Ley de Contrato de Transporte y de las Condiciones Generales de Contratación, se recomienda que en los contratos firmados, aparezcan de forma explícita las condiciones y fórmulas que fueran acordadas sobre la actualización de precios de los servicios.
- Cumplir la Ley de Contrato de Transporte en su artículo 22 sobre las solicitudes de indemnización por paralización del vehículo por causas ajenas al porteador. Se recomienda asimismo medir tiempos y poner en marcha mecanismos para reducir los tiempos de carga y descarga.
- Se recomienda el conocimiento de los datos publicados en el Observatorio de costes en cuanto pueden ser útiles para establecer los criterios a seguir para acordar libremente un precio.

En la página web de Aecoc (www.aecoc.es) y en la del Ministerio de Fomento puede accederse a los datos del Observatorio de Costes del transporte de mercancías que se publican periódicamente. De igual modo, "Aecoc dispone de una serie de recomendaciones RAL que son de gran utilidad para la eficiencia en las operaciones de transporte y el cumplimiento de los objetivos del Sector y que también pueden consultarse en nuestra página web". Son las siguientes: RAL Procesos de entrega y recepción, RAL Procesos de carga y descarga, RAL Seguimiento de la cadena de contrataciones sucesivas y RAL de Sostenibilidad.