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Fenadismer ve cada vez más factible la derogación del céntimo sanitario y pide otras vías fiscales de financiación

jueves 19 de enero de 2012, 01:00h

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y el Tribunal Superior de Galicia han solicitado al Tribunal de Justicia de la Unión Europea que analice la posible ilegalidad del Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos (‘céntimo sanitario’), creado mediante la Ley 24/2001 de 27 de diciembre, por considerar que el impuesto podría ser contrario a la normativa europea en materia de fiscalidad sobre los carburantes.

Fenadismer recuerda que ya la Comisión Europea, mediante dictamen motivado el pasado año 2008, instó al Gobierno español a que modificara la legislación española por considerar que dicho impuesto no se ajustaba a la normativa comunitaria, amenazando con presentar la correspondiente demanda ante el Tribunal de Justicia Europeo si no corregía dicha situación.

A pesar de esta resolución, a la que se suma las cuestiones de perjudicialidad planteadas por los Tribunales Superiores de Justicia, los sucesivos gobiernos españoles han mantenido vigente el impuesto sanitario sobre los carburantes, "por lo que de dictarse una previsible sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, podría obligar a la Agencia Tributaria española a devolver a los consumidores profesionales y particulares lo recaudado en los últimos cinco años por este impuesto, en torno a 1000 millones de euros anuales más los intereses legales de demora vigentes, lo que supondría un importante quebranto económico para las arcas públicas superior a los 6.000 millones de euros, lo que aconseja dejar en suspenso inmediato la aplicación de dicho impuesto a fin de no agravar la precaria situación financiera de la Hacienda española y sustituirlo por otras fórmulas fiscales de financiación tanto estatal como autonómicas", reflexionan desde Fenadismer. 

Por lo mismo, la Federación va a solicitar formalmente al ministro de Hacienda, que se apruebe con carácter urgente la derogación cautelar de dicha ley hasta que se resuelva el recurso por el Tribunal europeo.