La no realización del curso CAP conlleva para la empresa de transporte una multa de 2001 euros y la posible pérdida de la honorabilidad, recuerda la federación. Fenadismer Madrid cuenta desde el año 1980 con experiencia en la formación especializada en el transporte por carretera y la conducción profesional lo que le ha permitido ser reconocido como el Centro de referencia en la formación en el sector del transporte al haber impartido cursos tanto de acceso a la profesión como de reciclaje a más de 20.000 alumnos en dicha región en los últimos 30 años.
Entre dichas necesidades formativas destaca la obligación para todos los conductores titulares de permisos de conducir C1, C1+E, C o C+E (esto es, conductores de camiones y vehículos articulados de más de 3.500 kilogramos de masa máxima autorizada) así como D1, D y D+E (esto es, autobuses), de realizar un curso de formación continua de 35 horas de duración. Esta obligación afecta tanto a los conductores profesionales asalariados como autónomos.
Dicho curso de reciclaje es obligatorio para poder seguir conduciendo el vehículo de transporte, sea éste de servicio público o de servicio privado ya que de continuar conduciendo sin haber realizado el curso, supondrá para la empresa titular del vehículo incurrir en una infracción muy grave a la legislación de transporte que, conforme a la nueva reforma de la Ley que entró en vigor el pasado 25 de Julio, se sanciona con una multa de 2001 euros y la posible pérdida de la honorabilidad para el gestor de transporte.