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Falta de descanso diario y exceso de conducción ininterrumpido, infracciones más cometidas por los profesionales

Conclusiones de Opentach tras analizar casi seis millones de descargas de tacógrafos y tarjetas de conductor

jueves 16 de enero de 2014, 01:00h

La falta de descanso diario y el exceso de conducción ininterrumpido son las infracciones más cometidas por los conductores profesionales. Esta es una de las conclusiones a las que ha llegado Lextransport Grupo a través de su plataforma Opentach, una vez analizados millones de datos recabados.

Falta de descanso diario y exceso de conducción ininterrumpido, infracciones más cometidas por los profesionales

Opentach está a punto de alcanzar los seis millones de descargas de tacógrafos digitales y tarjetas de conductor, procedentes de más de 20.000 vehículos y más de 50.000 conductores. Con toda esta información, ya dispone del material suficiente para el análisis, el cual arroja una serie de datos que clasifica en tres grupos: autónomos, pymes y flotas.

Por lo que respecta a los autónomos, la mayor incidencia se centra en el exceso de conducción ininterrumpido (30% de los casos), seguido por el exceso de conducción a diario (20%), el exceso de conducción bisemanal (19%) y por el descanso diario (18%).

En el apartado de las pymes, las infracciones más cometidas son las faltas de descanso diario (29%), seguidas por el exceso de conducción ininterrumpido (25%) y por el exceso de conducción diario (24%).

Finalmente, en las flotas también son las faltas de descanso diario las más destacables. Llama la atención, en este caso, que el porcentaje sobre el resto de infracciones es muy superior, alcanza el 45%, frente al 29% de las pymes o el 18% de los autónomos.

El exceso de conducción ininterrumpido supone el 22% de los casos analizados, seguido del exceso de conducción diario, con un 17%.

Eficacia del tacógrafo digital

Los datos reflejan que el número de infracciones cometidas desde que se instauró la obligatoriedad de la implementación del tacógrafo digital se ha venido reduciendo. Cabe recordar que la reciente modificación de la Ley de Ordenación de Transporte Terrestre establece que la responsabilidad por las infracciones cometidas en relación con los tiempos de conducción y descanso o con la manipulación, falseamiento o uso indebido del tacógrafo, pueda ser del conductor siempre y cuando quede acreditado que los hechos suponen una falta muy grave de indisciplina o desobediencia por su parte, indican desde Lextransport.