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La FEBT valora de forma positiva la nueva Ley de Transportes Terrestres y Movilidad de las Islas Baleares

Recoge alguna de sus alegaciones y redunda en aspectos beneficiosos para la totalidad del transporte

viernes 06 de junio de 2014, 02:00h

El Sector del transporte en Baleares vio ayer cómo se aprobaba su Ley, que supone la primera regulación autonómica en materia de transporte terrestre urbano e interurbano en las islas. con la aceptación por parte de la Federación Balear de Empresas de Transporte, que ya trabajado en su desarrollo.

La FEBT valora de forma positiva la nueva Ley de Transportes Terrestres y Movilidad de las Islas Baleares

El Consejo de Gobierno aprobó, en enero, el Proyecto de Ley fruto del consenso de dos años de trabajo conjunto entre la Dirección General de Transportes, las diferentes administraciones implicadas y todos los representantes del Sector del transporte en las Islas Balears, organizaciones de usuarios y consumidores. Estos son algunos de los aspectos fundamentales que recoge esta Ley que ahora nace en beneficio de todo el Sector:

— Intrusimo profesional: la FEBT solicitó que los vehículos interceptados haciendo transportes de viajeros ilegal fueran no solo inmovilizados, sino también precintados. En este sentido, también solicitó que las tarjetas de transporte privado complementario se concedieran a establecimienos hoteleros de categoría superior, a fin de obtener garantías suficientes para asegurar que el transporte se limitaría a los clientes del establecimiento y no se harían extensivas a pasajeros ajenos, como se ha constatado.

— Posibilidad de disponer de vehículos auto-taxis con capacidad de hasta siete pasajeros, cuando en la actualidad solo se autoriza un máximo de cinco plazas.

— Posibilidad de disponer de hasta dos licencias de auto taxi más una tercera para vehículos asistidos para minusválidos, así como las que puedas recibir por herencia, tanto por parte de personas físicas como jurídicas.

— Se traslada a esta ley la actual regulación europea para el Servido Regular de Viajeros, tal y como se contempla en la LOTT.

— Contemplar la contratación por plaza y pago individual por asiento para los autocares de transporte discrecional, que tengan origen o destino en puertos y aeropuertos, siempre que el servicio se haya contratado previamente por el usuario antes de desplazarse a las Islas.

— Competencia para la regulación de los vehículos de transporte de pasajeros de menos de cuatro ruedas a los ayuntamientos, cubriendo de este modo el actual vacío legal, por no estar atribuidas las mismas.

En lo concerniente o otros aspectos regulados por dicha Ley que no afectan de forma directa a los transportista profesionales, como son la apuesta por las bicicletas, desde la FEBT queremos expresar nuestra satisfacción por esta y cualquier otra estrategia dirigida a hacer más limpias y sostenible nuestras ciudades y pueblos, en línea con las actuaciones llevadas a cabo por esta Federación para impulsar combustibles alternativos al gasóleo.