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La CNMC multa a dos asociaciones de transportistas y estibadores de Santander con 90.000 euros

miércoles 04 de marzo de 2015, 01:00h
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha multado con un total de 90.000 euros a dos asociaciones que operan en el sector del Transporte en Cantabria (incluido el desarrollado dentro del puerto de Santander), al ser demostradas infracciones del artículo 1 de la Ley 16/1989 y del artículo 1 de la Ley 15/2007, así como del artículo 101 del TFUE.

Con fecha 3 de julio de 2013, la CNMC incoó expediente sancionador (S/0464/13 puerto de Santander) contra las asociaciones Ascoesant y Asemtrasan por considerar que existían indicios suficientes de varias transgresiones. En concreto, por conductas consistentes en la fijación de precios y la limitación o el control de la prestación del servicio de transporte por carretera de mercancías con origen o destino en Cantabria.

Con la resolución de este expediente, la CNMC ha acreditado que la Asociación de Empresarios de Transportes Discrecionales de Mercancías por Carretera de Santander y Cantabria (Asemtrasan) realizó una infracción única y continuada consistente en la elaboración de tarifarios o precios de referencia del transporte de mercancías por carretera con origen o destino en Cantabria, desde el año 2000 hasta, al menos, diciembre de 2012.

Por su parte, la Asociación de Consignatarios y Estibadores de buques del Puerto de Santander (Ascoesant) participó en una infracción única y continuada consistente en una recomendación colectiva de los precios del transporte intraportuario y el reparto de los servicios de transporte en el Puerto de Santander, desde enero de 2007 hasta, al menos, noviembre de 2012.

En consecuencia, la CNMC ha impuesto una multa de 60.000 euros a Asemtrasan y otra de 30.000 euros a Ascoesant. La CNMC ha instado a su Dirección de Competencia para que vigile y cuide del cumplimiento íntegro de la resolución.

Asimismo, la CNMC ha recordado que contra la misma no cabe recurso alguno en vía administrativa, pudiendo interponer recurso contencioso administrativo en la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde la notificación.